Reconocida la prestación por paternidad en un caso de gestación subrogada

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha reconocido la prestación por paternidad al padre de un menor de gestación subrogada equiparando esta situación con la de la adopción en lo que se refiere al derecho a acceder al permiso por nacimiento y cuidado del menor.


El solicitante de la prestación otorgó en su día un contrato de gestación subrogada con una ciudadana de Ucrania siendo entregado el recién nacido en Kiev y regresando a España con el bebé a los dos meses. El trabajador solicitó la inscripción del niño en el Registro consular de Kiev que le fue denegada. Por otra parte, solicitó a su empresa el permiso de paternidad, pero también le fue denegado por la falta de inscripción del menor en España.


Posteriormente un Juzgado de Primera Instancia de Soria declaró la filiación paterna del menor que volvió a solicitar la prestación al INSS, y se le volvió a denegar por haberse presentado fuera de plazo.

Después de recurrir, por parte del TSJ se le reconoció a percibir íntegramente la prestación, después de haber apelado la Seguridad Social. Es más, en el presente caso, la Sala ha expuesto que, encontrándose la paternidad sometida a litigio el solicitante no pudo alegar los efectos propios de la filiación declarada en sentencia hasta la firmeza de ésta.

Añade la resolución que el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 48.5 el cómputo de las semanas de disfrute del permiso “inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento”.

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