El pasado 14 de julio ha entrado en vigor la ley de igualdad de trato y no discriminación, una norma que se presenta «como inclusiva y no vinculada específicamente con derechos sociales» sino, como su propio nombre indica, como una ley de desarrollo de los artículos 9 y 14 de la Constitución Española.
La norma se compone de cinco títulos: El primero establece el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en diferentes ámbitos de la vida política, económica, cultural y social. El segundo habla de medidas de la promoción de la igualdad de trato y las medidas de acción positiva.
En cuanto al tercero, se dedica exclusivamente a la creación y establecimiento de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación mientras que el cuarto regula las infracciones y sanciones en materia de igualdad de trato.
Por último, el quinto establece una serie de medidas en relación con la atención, el apoyo e información a las víctimas de la discriminación e intolerancia.
Esta ley implicará cambios en instrumentos jurídicos como la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y, entre otros, el artículo 22 del código penal, en que se introduce como circunstancia agravante la discriminación por razón de la edad.
Gracias a esta norma se ampararán cuestiones como la declaración de nulo de un despido por hallarse enfermos, que ninguna persona pueda ser excluida de un tratamiento sanitario por encontrarse sin hogar, el acceso a los servicios sociales, el derecho a la información de todas las víctimas de delitos de odio, así como cualquier conducta que vulnere la igualdad de las personas.