La Comuna de París lo señala: con el Estado burgués nada

0

La Comuna de París es objeto de uno de los libros más decisivos de Marx: La Guerra Civil en Francia (1871). Fue en el párrafo final de Engels en el prólogo de 1891 cuando señala: «Últimamente, las palabras ‘dictadura del proletariado’ han vuelto a sumir en santo horror al filisteo socialdemócrata. Pues bien, caballeros, ¿queréis saber qué faz presenta esta dictadura? Mirad a la Comuna de París: he ahí la dictadura del proletariado».

Hasta la Comuna de París de 1871 supuso el advenimiento de una forma de Estado distinta, poniendo las bases para una concepción constitucional distinta. Hasta marzo de 1871, el concepto del Estado y del Derecho de Europa y América había seguido en su desarrollo una única línea paralela del Estado liberal.

Con la Comuna parisina se rompió, por primera vez, esa identidad entre Estado Derecho y liberalismo y comenzó a elaborarse un nuevo modelo de estado sobre supuestos políticos e ideológicos diferentes a los del Estado liberal, consecuencia de la irrupción de una nueva clase dirigente, la clase obrera.

La formación de la Comuna tuvo lugar, por tanto, sin precedentes en la voluntad de romper con los modelos políticos dominantes. Solo podemos encontrar ciertas analogías en el breve periodo jacobino de la Revolución francesa, a causa de la similitud en los métodos revolucionarios que se siguieron en ambos casos para la construcción de un nuevo Estado.

Aquel vacío de fundamentos jurídicos se trató de llenar mediante categorías normativas que eran respuestas a las peculiares necesidades revolucionarias de consolidación y extensión del Estado comunal.

Los fundamentos ideológicos del Estado comunal

La Comuna de París fue una experiencia revolucionaria breve, pero esta experiencia fue lo suficientemente instructiva como para constituir un hito esencial en la formación de una teoría marxista del Estado. En el Manifiesto Comunista (1847), Marx y Engels habían formulado: primero, el fundamento objetivo de la revolución social proletaria descansa en un axioma: la contradicción creciente entre el desarrollo de las fuerzas productivas y las relaciones de producción capitalista; segundo, esa contradicción se materializa en la forma de lucha de clases; tercero, el comunismo es expresión “del conjunto de las condiciones reales de la lucha de clases existente”, siendo precisamente éste el impacto que la Comuna tiene, al ofrecer “la fórmula práctica” de llevar a cabo la destrucción “de la maquinaria burocrático-militar del Estado”, es decir, la forma concreta que adopta el poder político de la clase obrera: la dictadura del proletariado.

Así, el proletariado se apoderará del aparato estatal y lo utilizará para dominar definitivamente a la burguesía y edificar un sistema que hiciera desaparecer los fundamentos económicos de una sociedad dividida en clases. La homogeneidad social se presenta, por tanto, como el objetivo que justifica la dictadura del proletariado. La revolución proletaria no solo iba a suponer un cambio en la naturaleza del poder de dominio, sino también, como consecuencia de ese cambio, la creación de una máquina original de poder, todo lo cual conduciría a “una nueva metamorfosis del Estado”.

La ausencia de una elaboración teórica previa, se manifestó especialmente ante el problema que aquí nos ocupa: el de la formación de un nuevo Derecho, donde “la clase obrera, como cualquier otra clase tras la toma del poder, se disponía a consolidarlo mediante el cambio de relación respecto a la propiedad”.

La relación real de fuerzas en la lucha de clases se correspondía con el objetivo de salvar, mediante la dictadura del proletariado, la separación burguesa entre las instituciones estatales y la sociedad dando todo el poder político al proletariado.

De esta forma se abandona el constitucionalismo liberal, que se fundaba en la separación entre el Estado y la sociedad y cuyo objetivo decía controlar y reducir la expansión del poder para proteger “la libertad”. Para La Comuna, esto no era más que un producto ideológico que persigue ocultar el verdadero motivo, que no era otro, que defender la propiedad privada de cualquier control social.

El poder comunal reflejaría el proceso de identificación de lo político y lo social, de gobernantes y gobernados y, por ello, lejos de pretender limitar el nuevo poder proletario, siendo el derecho un instrumento al servicio de un poder único en manos de la clase trabajadora. El objetivo del nuevo Estado, sería traducir a normas la absorción de todos los poderes por parte de la nueva clase dirigente, la clase trabajadora, y el ejercicio del mismo a través de un nuevo tipo de órganos populares.

La vigencia de La Comuna se va a valorar en la medida que sus normas fueran un reflejo de la realidad, de tal forma que lo importante no son tanto las garantías formales de los derechos y libertades reconocidos por el liberalismo, pues se considera que son las condiciones económicas, sociales y culturales garantizadas por el nuevo Estado comunal, las llamadas garantías materiales, las que realmente aseguran los efectos de tales derechos y libertades.

Si para el liberalismo la constitución se reduce, en último término, a un texto declarativo de valor puramente ideológico, un texto cuya razón de ser, es la de expresar los principios o ideas que rigen en la sociedad y en el Estado, sin mayor valor material; para la Comuna de París es precisamente esas garantías materiales de los derechos sociales, económicos y culturales su función principal.

En momentos en los que la izquierda comunista no vemos más allá, de los límites impuestos por el Estado liberal, la democracia representativa y la economía de mercado, la Comuna de París aparece de nuevo ante nosotros, como la condición de necesidad de pensar más allá de capitalismo.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.