Feminismo y acumulación de capital en España, 1977-2023

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Pedro Andrés González Ruiz 

1. Introducción

El avance social de los derechos de la mujer, del feminismo, y la incorporación masiva de la mujer al mercado laboral son fenómenos bastante evidentes, sin embargo la relación que se establece entre ambos es controvertida. Algunos incluso la niegan. Nuestra opinión, que trataremos de fundamentar, es que a pesar de que la cuestión de género se presente como un fenómeno interclasista, en su determinación principal responde a una necesidad del capital y, por tanto, es una modalidad de la lucha de clases. De una forma u otra, gran parte de los temas incluidos en la agenda feminista (divorcio, aborto, violencia de género, conciliación, brecha salarial, entre otros) tienen que ver con la reproducción de la fuerza femenina de trabajo y con las condiciones de la venta de esta fuerza.

La tesis anterior puede dar cuenta del avance feminista, pero plantea interrogantes sobre la reacción antifeminista, que es alentada por determinados sectores ideológicos, partidistas y mediáticos, que no tienen ningún ánimo de superación del capitalismo. Según publicaba el CIS más del 40 por ciento de los hombres opinaba que las políticas de igualdad habían ido demasiado lejos y que se sentían discriminados.

Así, afrontamos un movimiento contradictorio, que empuja y disuade el feminismo en el contexto del desarrollo capitalista. Cómo explicar esta reacción y qué papel juega en el movimiento de la relación social general, el capital. Porque este es nuestro punto de partida, vivimos en una sociedad capitalista donde todo está relacionado con el capital, en la que el capital es la determinación principal e inmediata.

Esta posición, que admite discusión, además entiende que el conocimiento, la toma de conciencia, respecto de los fenómenos sociales nos puede ayudar a organizar una acción consciente y voluntaria, por tanto libre1, respecto de nuestro futuro. Es una manera de responder al fetichismo al que nos conduce la enajenación en la mercancía, intrínseca al modo de producción capitalista, y así convertirnos en autores de nuestra vida.

En el caso que nos trae, presentaremos el avance feminista a través de una específica forma de acción estatal como resultado de la lucha de clases que es la forma en que se desarrolla el capital, cuyas necesidades se expresan en el mercado laboral, para el caso de España en los últimos 50 años. Posteriormente, recorreremos el camino inverso pero en términos abstractos a modo de recapitulación.

2.  Leyes feministas

En este apartado presentaremos la evolución del feminismo, la expresión ideológica del avance de los derechos de las mujeres, a través del camino seguido por la legislación, una específica forma de acción del estado capitalista. Partiremos de la situación legislativa en la dictadura franquista, por motivos pedagógicos, e iremos anotando sus cambios hasta los tiempos recientes.

Más allá de la situación de la mujer española en la sociedad, y en el mercado laboral que luego veremos, entendemos que las leyes particulares sobre la mujer dan una idea general de la consideración social hacia los derechos de las mujeres. Ciertamente hay muchos tipos de mujeres, aquí nos centramos en las mujeres asalariadas que es la forma más general en la sociedad actual.

El punto de partida es el retroceso de los derechos femeninos, entre otros, con el golpe de Estado dirigido por Franco. Desde el inicio, la reacción franquista limitó la capacidad de obra, particularmente en el ámbito laboral, de las mujeres. Antes de ganar la Guerra Civil, mediante la ley de 12 de marzo de 1938 anuló la legislación republicana, devolviendo las relaciones entre las personas al Código Civil de 1889. Esto implica entre otros efectos: los maridos deben proteger a las mujeres y éstas obederles; la mujer queda inhabilitada para ser tutora recortándole el ejercicio de la patria potestad; el marido es el administrador de los bienes del matrimonio; la mujer tiene muy limitados sus derechos sobre los bienes y requiere licencia marital para la disposicion de los mismos, e incluso para contratar laboralmente. Esto último se reitera en la Ley de Contratos de Trabajo de 1944. Además, se prohibió el trabajo nocturno a las mujeres y las “liberó” del taller y las fábricas en el Fuero del Trabajo (1938); estableció el subsidio familiar, pagado al varón, para que la mujer no tuviera que trabajar fuera del hogar (Ley de Bases de 18 de julio de 1938). Posteriormente, la mayoría de las regulaciones laborales estipularon la excedencia forzosa por matrimonio para las mujeres. El Fuero de los españoles de 17 de julio de 1945 confirmó el carácter fundamental de la familia dentro del Estado y declaró único e indisoluble el matrimonio. Se privó del plus familiar a las familias cuya esposa tuviera un empleo (Ley de Ayuda Familiar de 1946). La mujer ocupada tuvo limitadas las posibilidades de ascenso, caso de las funcionarias, así como el acceso a determinadas carreras profesionales (delegados e inspectores provinciales, técnicos administrativos, notarios, justicia y diplomáticos). Aunque sectores muy feminizados como el textil o el conservero excluyeron de sus reglamentaciones la obligatoriedad de abandonar el empleo cuando la mujer se casaba y no regularon la correspondiente indemnización (dote). Fue una cesión a las demandas de los respectivos capitalistas.

A partir de finales de los años cincuenta algunos de estos aspectos se relajarán: primero con la reforma del Código Civil (Ley de 24 de abril de 1958) y, posteriormente, con la Ley de derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer (1961). El desarrollo de esta ley, en el decreto de 1962, permite a la mujer trabajadora que se casa elegir entre mantener el empleo y poner fin al contrato a cambio de cobrar la dote. La aprobación del Decreto 2310/1970, de 20 de agosto, de Derechos Laborales de la Mujer, será otro avance para la mujer (reconoce el derecho de la mujer al trabajo en igualdad con el hombre, otorga facilidades a la maternidad de la mujer trabajadora mediante excedencias y reconoce derechos de descanso y subsidio a la mujer en período de gestación). Otras reformas que mejorarán la situacion de la mujer serán la Ley de 4 de julio de 1970 (el padre ha de contar con la madre para dar a los menores en adopción) y la Ley de 22 de julio de 1972 (mayoría de edad a 21 años para los dos sexos y permite que las hijas mayores de edad y menores de 25 años puedan abandonar la casa familiar sin el permiso paternal y sin obligacion de casarse o entrar en un convento). Sin embargo, la autorización marital para el desempeño de un trabajo retribuido no desaparecerá hasta la ley 14/1975 de 2 de mayo, poco antes de la muerte del dictador.

En el período democrático la tendencia continua. Durante los gobiernos del presidente Suarez y UCD se aprueba la Ley 16/1976 de Relaciones Laborales, que establecía la equiparación global de varones y mujeres. Al poco, el Real Decreto Ley 17/1977 iniciará la paulatina desaparición de las reglamentaciones laborales franquistas sustituyéndose por los convenios colectivos. Teóricamente, tanto la Constitución de 1978 como el Estatuto de los Trabajadores (1980), consagran la igualdad retributiva y la prohibición de discriminación salarial por razón de sexo. El 26 de abril de 1978 el Congreso de los Diputados dio luz verde al proyecto de ley de Despenalización de la venta y divulgación de anticonceptivos y otro hito del avance feminista será la ley del divorcio (1981).

A partir de 1982, tras la victoria del PSOE con González en el gobierno, se mantendrá el avance de los derechos de las mujeres; la creación del Instituto de la Mujer a través de la Ley 16/1983, iniciándose el feminismo institucional; legalización limitada del aborto (1985) y, en el ámbito laboral, el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar. Mucha normativa específica de las mujeres, con avances o retrocesos, se contendrá en leyes laborales de carácter general, por ejemplo la prohibición del trabajo nocturno de las mujeres en talleres y fábricas que se modificará en el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos; la ley 3/1989, de 3 de marzo, por la que se amplia a 16 semanas el permiso de maternidad así como se incluyen medidas para favorecer la igualdad de trato de la mujer en el trabajo.

En 1996 accede al gobierno nacional el Partido Popular de Aznar que gobierna hasta 2004. Durante su mandato se dan los primeros pasos en la legislación en materia de la lucha contra la violencia de género, plasmados en normas como la Ley Orgánica 11/2003, de Medidas Concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros, o la Ley 27/2003, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica.

El siguiente gobierno, 2004-2011, lo forma Rodríguez (PSOE) aprobándose diversas leyes que impulsan la igualdad: como primera ley de la legislatura la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; la Ley 13/2005, que permite el matrimonio de personas del mismo sexo; la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Un paso importante fue la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH), donde se recogen medidas de acción positiva para garantizar la igualdad efectiva en el acceso al empleo, formación, promoción y en general en las condiciones de trabajo. También se incluye la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, la negociación de planes de igualdad y el permiso de paternidad, entre otras. Además, la Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de interrupcion voluntaria del embarazo.

Tras las elecciones de 2011, formará gobierno Rajoy (PP). En 2015 entra en vigor la Ley de modificacion del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia que avala a los menores como víctimas de la violencia machista.

En 2018 una moción de censura dará el gobierno a Sánchez (PSOE). La LOIEMH conocerá un impulso con el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación (más planes de igualdad, registro retributivo para las empresas, conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores).

Tras varias repeticiones electorales, en 2020, la alianza de PSOE y Unidas Podemos (UP) dará el gobierno a Sánchez. Se aprueba el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, dirigido a establecer medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. También la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia (2021) que incluye la violencia digital. Además la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que aporta un nuevo marco legal integral antidiscriminatorio en todos los ámbitos de la sociedad, sea educativo, laboral, sanitario, etc. La ley incorpora además la prohibición de discriminar por nuevos motivos, como, por ejemplo, por enfermedad o estado de salud. Asimismo, el Real Decreto-Ley 16/2022 de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar es también otro hito normativo de esta Legislatura y responde a una amplia y extensa en el tiempo reclamación del movimiento sindical y el movimiento feminista. Otras leyes que tienen que ver con el avance feminista y la iguadad son la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual y la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de reforma del aborto, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010; la. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que había salido del Consejo de Ministros en junio de 2021; el Real Decreto- ley 5/2023, de 28 de junio, entre otras cuestiones, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

3.  Lucha feminista de clases

Aunque el movimiento legislativo apunta a una tendencia, que veremos después, también señala que la afirmación de dicha tendencia adopta una forma contradictoria, de avances y paradas cuando no retrocesos. Esto pone en evidencia que nos encontramos ante fuerzas contrarias; es la lucha de clases en el ámbito de la mujer, la lucha feminista de clases.

En el apartado anterior, sobre la legislación feminista señalábamos el partido gobernante con la intención de establecer una vinculación. Llaman la atención los gobiernos del PP que son menos prolíficos en leyes feministas, pero algunos períodos del PSOE tampoco son para tirar cohetes. Y, ciertamente, la legislatura de UP sí muestra un impulso de la legislación feminista. A pesar de esto no creemos que la abstracta voluntad política (gobierno y mayoría parlamentaria) sea la principal determinación del avance feminista.

Otra determinación es la coyuntura económica. Aquellos períodos marcados por el auge económico, donde los años de expansión que impulsan el movimiento que acelera los cambios (años sesenta, años ochenta, primera década del nuevo siglo y los años posteriores a la mitad de la segunda década) mientras que las crisis capitalistas (finales de los setenta y primero de los ochenta, crisis de primero de los noventa, la gran recesión 2008-2014, y la pandemia de 2020) frenan la expansión de los derechos sociales, y los de las mujeres en particular.

La organización del feminismo es otra determinación del impulso feminista. No tanto por su significación específica, que hasta tiempos recientes no alcanza una dimensión de masas, sino por su capacidad para ocupar espacios en otras organizaciones (sindicatos y partidos políticos, principalmente) con mayor influencia legislativa. Así como por su éxito mediático e institucional, a pesar de los vaivenes de la lucha de clases. Este aspecto de la lucha de clases, la acción social e institucional, es otra de las determinaciones a destacar.

En cualquier caso, en nuestra opinión, la determinación más general de la evolución legislativa radica en la lucha de clases; lucha que se expresa en las elecciones y en los gobiernos, en las reivindicaciones laborales que acompañan a las distintas fases del ciclo económico capitalista, en la acción institucional y asociativa del movimiento feminista. Detengámosnos en la evolución de esta lucha feminista de clases.

Como hemos visto ya, en pleno franquismo, una serie de leyes apuntan a la expansión de la mercantilización de la fuerza femenina de trabajo. Este movimiento acompañará toda la segunda mitad del siglo XX. En las luchas obreras, que se inician en los sesenta (minería, metal), las mujeres acompañarán como madres y esposas, procurando el avituallamiento o impidiendo la entrada a los esquiroles. Cuando los hombres eran detenidos, en ellas recaía el mantenimiento del hogar y la atención a los encarcelados. En esta época (1965) se constituye el Movimiento Democrático de la Mujer (MDM) vinculado al PCE cuyo objetivo es unir las reivindicaciones de las mujeres a las democráticas. Los anticonceptivos entran y se consumen ilegalmente en España que permiten desvincular la sexualidad de la maternidad.

Posteriormente, en los años setenta, las mujeres iniciarán, como obreras, sus propias luchas en sectores más feminizados (textil, enseñanza, hostelería, comercio, entre otros). Además contribuirán a la movilización general que experimenta España en la transición politica. Aquí se iniciará la introducción de aspectos femeninos en las plataformas reivindicativas y la denuncia de las discriminaciones por razón de sexo. Otro ámbito importante de participación femenina será la lucha vecinal por condiciones e infraestructuras sociales (vivienda, urbanizacion, carreteras, colegios, entre otros) de vida. El MDM organiza actos y jornadas sobre temas feministas, a veces con apoyo de organismos internacionales como la UNESCO (Primeras Jornadas de Liberacion de la Mujer a finales de 1975). Surge el Movimiento Feminista, en parte como reacción al MDM. La mayoría de partidos están de acuerdo en que las mujeres deben ser ciudadanas de pleno derecho. En 1979 Lidia Falcón funda el Partido Feminista de España, con poco éxito electoral.

En los años ochenta se producirá la incorporación masiva de la mujer española al mercado laboral, como veremos en cifras más adelante. Con ello las reivindicaciones laborales generales incluirán los planteamientos feministas, más en unas empresas o sectores que en otros, en función de la fuerza femenina laboral. Importantes conflictos laborales ponen sobre la mesa los asuntos femeninos (el de Limpieza plantea las enfermedades y embarazos; el de atencion a domicilio la conciliacion de la vida familiar y laboral; el de Jaeguer Iberica la discriminación salarial). Un caso emblemático fue el de las 14 de HUNOSA que lucharon por entrar a trabajar en la mina con la oposicion de buena parte de la sociedad, sindicatos incluidos, que arguían la proteccion a la mujer recogida en la ley; en 1992 el Tribunal Constitucional declararía nula cualquier discriminación por razón se sexo (salvo las fundamentadas en el embarazo o maternidad). El movimiento feminista asociativo se resiente: sus propuestas han sido adoptadas en mayor o menor medida por las organizaciones políticas y sindicales, la reivindicación está institucionalizada. En 1988 el Instituto de la Mujer celebra el Primer Plan para la Igualdad de oportunidades de las Mujeres (I PIOM).

En los años noventa con la crisis de 1992-1994 así como los gobiernos más liberales del PSOE y los del PP el feminismo no tendrá muchos avances. Los años noventa se caracterizan por la unidad de acción de los sindicatos. Se detectan las diversas discriminaciones: desigualdad salarial, categorías femeninas implícitas o explicitas, desigualdad de prestaciones a la Seguridad Social, concepto de cabeza de familia, regularización del servicio doméstico, especificación del sexo en las ofertas de empleo. Desde la Union Europea se impulsan programas (NOW, OPTIMA) para promover los derechos femeninos en las organizaciones. La V Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) hará un recuento de la situación de la mujer en el mundo y pondrá el foco en la igualdad; a 30 kms se reunirán miles de actividas feministas en el Foro Alternativo de Organizaciones No Gubernamentales. Estas convocatorias remueven al movimiento feminista, el gubernamental y el asociativo, al promover las reuniones, las reflexiones y los informes.

Se mantiene la promoción de los derechos de las mujeres por parte de la UE (programa EQUAL), pero la ONU ya no volverá a celebrar otra conferencia feminista. Subsisten los problemas y desigualdades por razón de sexo, a pesar de los avances: las violencias machistas, la feminización de la pobreza, la brecha salarial y en pensiones, las desigualdades estructurales fruto de la división sexual del trabajo y su asignación de las tareas y responsabilidades de cuidado a las mujeres, la falta de reconocimiento a las aportaciones de las mujeres en historia, ciencia, cultura, arte, deporte… Dos grandes momentos se van significando, además del 8 de marzo, Día Internacional de las Mujers, el 25 de noviembre como Dia Internacional contra la Violencia contra las mujeres, que potencian la visibilidad de las reivindicaciones feministas. El feminismo sindical continua su quehacer reivindicativo. A los sectores tradicionales, feminizados, se han unido nuevos segmentos especialmente precarizados y donde es frecuente la denuncia, como la ayuda a domicilio, las trabajadoras del hogar, las camareras de piso, las temporeras agrícolas, o las porteadoras. En 2008 se crea el ministerio de Igualdad por primera vez, pero en 2010, fruto de los recortes presupuestarios para responder a la Gran Recesion (2008-2014) se eliminaría devolviendolo al ministerio de Sanidad. El gobierno sufrió el reproche internacional (ONU) por ello. El movimiento feminista respondió muy críticamente pues no veían ahorro en el 0,03 por ciento que se había asignado al ministerio de Igualdad.

La primera década del nuevo siglo, en 2011, se inauguró con las protestas del 15M donde el movimiento feminista también tuvo su protagonismo. Las mareas y finalmente Podemos, que situará el feminismo en un lugar destacado de sus planteamientos. Continuan los proyectos transnacionales que incentivan los derechos feministas. En 2014 al calor de la polémica sobre la modificación de la ley del aborto del gobierno del PP, en la figura de Ruiz-Gallardón, surge una iniciativa feminista (El Tren de la Libertad) que expresará el rechazo de buena parte de la sociedad. A pesar de que la contrarreforma era un compromiso electoral no salió y el ministro dimitió meses despues. En ese mismo año España ratifica el Convenio de Estambul, el acuerdo del Consejo de Europa contra la violencia machista. Un año después, el 7 de noviembre, una manifestacion pide que la violencia machista se considere una cuestión de estado. En 2016 se formaliza la Asociación Las Kellys, que representa a las camareras de piso que trabajan para hoteles, denunciando la precariedad de sus trabajos. En 2017, en enero la Marcha de las Mujeres contra la política de Donald Trump y poco después surge el Me Too, por el que varias mujeres hacen público la violencia a la que fueron sometidas por el productor de cine Harvey Weinstein. En España se replicó como el #Yo También. Así se inauguraba la extensión de la protesta a través de las redes sociales. En este año se firmará el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por todos los partidos menos Podemos que lo considera insuficiente. La primera huelga feminista, el 8 de marzo de 2018, fue un punto de inflexión en el ascenso femenino en la protesta social, con manifestaciones en mas de 120 ciudades españolas. El caso de La Manada fue otro punto de inflexión, generando una ola de indignacion contra las sentencias. Otra campaña de redes sociales, el #Cuéntalo que pretende denunciar los abusos a las mujeres que no llegan a ser violación. Esto junto con la tención mediática generará mucha conciencia. Primeros de enero de 2020 conoció la entrada de UP, en coalición con el PSOE, en el gobierno haciéndose con la cartera de Igualdad Irene Montero. En marzo, inmediatamente después de la manifestación del 8M, se declara la pandemia de la Covid.

Hasta mediados de 2023 una convivencia difícil que se pondrá de manifiesto en la aprobación de diversas medidas legislativas feministas, y en el que los medios de comunicación, el poder judicial, y otros (corona, militares, policiales, empresariales, …) focalizaran su oposicion en Podemos y en el ministerio de Igualdad, sin darles tregua. En 2021 la ley trans sale del Consejo de Ministros, recrudeciéndose el debate en torno a ella. Surge la primera manifestacion contra la ley trans convocada por asociaciones feministas que ademas piden la prohibicion de la prostitucion y los vientres de alquiler. En 2022 el concepto de victima se amplía más allá de las relaciones y comienza a hablarse de feminicidios. Es el primer 8 de marzo con división de manifestaciones, materializando la división del movimiento feminista. Tras la aprobación de la Ley del Solo Sí es Sí, acreedora del caso de La Manada, se inician las rebajas de penas y excarcelaciones por decisiones judiciales que interpretan, a veces contradictoriamente, la ley quedando el ministerio de Igualdad con Irene Montero a la cabeza en el foco de los ataques2. La división del movimiento feminista se acentúa, y en la celebración del Dia Internacional contra la Violencia Machista, el 25 de noviembre, una de las pancartas pide la dismión de la ministra; en esta ocasión, la divergencia tiene que ver con la libre autodeterminación de género y con las demandas de las identidades sexuales minoritarias. En 2023, se aprueban la ley trans y la de reforma del aborto, también la Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, que reforma la ley del Solo Sí es Sí cerrandose la polemica mediática en torno a ella.

El 23 de julio las elecciones nacionales tienen un resultado ambiguo, la mayoría simple de la derecha nacional no le da para gobernar y la izquierda nacional necesita la alianza de la derecha regional. Un balance de la presidencia de gobierno informa 500 medidas estatales con carácter feminista, el 25 por ciento, durante la última legislatura. Así las cosas, tras largas negociaciones, el PSOE logra formar gobierno bajo el mando de Sánchez, ya sin Podemos y sin Irene Montero.

Antes, estallaría, tras el campeonato obtenido por la selección femenina de futbol, el #Se Acabó, que denunciaba el comportamiento machista menos evidente y más reiterativo en el futbol, y por extensión en el deporte, femeninos, que acabaría con el presidente de la federacion de futbol y con el seleccionador femenino3.

4.  Lucha de clases y compraventa de la fuerza de trabajo

El ascenso absoluto de la participación femenina en la protesta laboral también es un signo de los últimos tiempos, y lo que hay detrás es el ascenso femenino al mercado laboral. Así, a pesar de no ser la mayoría de la fuerza laboral, las mujeres se han movilizado bajo la forma de huelga en mayor medida que los hombres: el 58% en 2023, el 51% en 2022, el 53% en 2021, el 50% en 2020, y el 65% en 2019, primer año en que el Ministerio de Trabajo publica la estadística de participantes por sexos en huelgas. Bajo nuestra opinión la fuerza de la lucha feminista de clases tiene su determinación principal en el número, en la incorporación de la mujer al trabajo fuera del propio hogar.

La acumulación española de capital no solo demanda más fuerza de trabajo, como veremos, sino que también necesita que aumente la oferta de fuerza de trabajo, la población activa. Efectivamente, entre 1977 y 2022, la oferta de fuerza de trabajo crece en 10,08 millones de efectivos (75,64%) de las que 7,26 millones son mujeres, el 72 por ciento. Lo cual llevará a la fuerza femenina de trabajo a representar el 47 por ciento del total.

Desde el punto de visto de la evolución histórica de la participación femenina en el mercado laboral, a pesar de que hay repuntes en los años setenta (desagrarización de la población femenina y la consecuente emigración y electrificación de los hogares que permite el equipamiento de electrodomésticos), que decaen ante la crisis de los setenta y ochenta, la incorporacion masiva de la mujer española al mercado laboral data de los inicios de la década de los ochenta, en torno a 1982, creciendo a partir de ese momento hasta 2012. Posteriormente, altibajos y estancamiento posiblemente relacionado con la emigración.

5.  Compraventa de la fuerza femenina de trabajo y acumulación de capital.

Para hacernos una idea del volumen de la acumulación española de capital4 durante este período bástenos ver el crecimiento de la demanda de fuerza de trabajo inducida por ésta. En el período 1977-2022 la población ocupada pasa de 12,72 millones a 20,39 millones de personas, un incremento absoluto de más de 7,67 millones que supone un crecimiento relativo acumulado de más del 60,3 por ciento.

La forma en que evoluciona está muy relacionada con las fases de los ciclos del capital en España durante este período: crece la ocupacion cuando hay acumulación de capital (fases de expansión, 1985-1991 y 1994-2007), y decrece cuando desaparece la acumulacion o se desacumula (fases de crisis 1976-1984, 1991-1993 y 2008-2014).

¿Qué ocurrió con la demanda de fuerza de trabajo femenina en este período? Pasó de 3,61 millones a 9,43 millones, creciendo en 5,82 millones (161%). Un crecimiento bastante superior al de los hombres. Esto nos da una idea de la intensidad con que la acumulación española de capital atrajo la fuerza de trabajo femenina durante este período. Esto significa que no solo la fuerza de trabajo femenina que va adquiriendo la edad de trabajar se incorpora al mercado laboral como población activa, sino que parte de las mujeres que antes se dedicaban a las tareas de su hogar ahora afluyen al mercado laboral. En este caso las mujeres experimentarán lo que se viene a denominar la doble jornada (el trabajo fuera del hogar y el trabajo dentro del hogar), cuestión que se planteará en el ámbito sindical y político, y cuya respuesta serán las normas que regularán la conciliación de la vida laboral y familiar.

El crecimiento de la demanda de fuerza femenina de trabajo por la acumulación de capital (y sus administraciones públicas) es la determinación principal de la incorporación de la mujer al mercado laboral que adopta la forma de lucha femenina de clases que se expresará en leyes feministas.

Ahora bien, por qué el capital demanda la fuerza femenina de trabajo. Pues porque la fuerza masculina de trabajo no era suficiente para los requerimientos de la acumulación de capital como ponen de manifiesto los datos. Esta exigencia cuantitativa se realiza a través de las demandas individuales de la empresas en los distintos sectores. La preferencia del capital individual por la fuerza de trabajo femenina tiene relación con los atributos (inteligencia emocional, afecto y cuidados, atención al público, entre otros) que esta fuerza de trabajo tiene en relación a los nuevos medios de producción, nuevas tareas, nuevas actividades, nuevos empleos, que se desprenden de la fase de acumulación de capital, por un lado, y con la baratura y docilidad de una fuerza de trabajo joven y poco experimentada como la femenina, por el otro.

Pero, si hemos visto la cara del proceso, su cruz es que la feminización de la fuerza de trabajo implicará también la feminización del desempleo, de la temporalidad y de la parcialidad en la contratación.

El nuevo modelo de acumulación de capital exige en Esapaña, y en otros países capitalistas, durante este período, la incorporación masiva de la mujer al mercado de trabajo. Ella es requerida en los procesos de trabajo de las empresas y de las administraciones, por eso la sociedad las prepara con un sistema educativo donde ha entrado unos años antes o las reclama sin una gran preparación previa para puestos que no exijan elevada cualificación. Ahora, una vez terminada la formación o directamente desde el hogar, la mujer española, se dirige al mercado laboral a ofrecer su fuerza de trabajo. Y ya nada será igual, se alterarán las relaciones de sexos, las familiares, las laborales y, también, las políticas. El ascenso femenino tendrá su expresión ideológica en el feminismo, iniciando una silenciosa revolución. El debate público se hará eco de las demandas feministas contribuyendo a la expansión de los derechos de las mujeres.

6.  Compraventa y reconstitución de la fuerza femenina de trabajo

La lucha de clases en torno a los derechos de las mujeres, la lucha feminista de clases, tiene al menos tres ámbitos de desenvolvimiento. Hemos visto dos: el jurídico-político (leyes, lucha de clases) y el económico (mercado laboral y acumulación de capital). El tercero es el doméstico.

En el ámbito doméstico, lugar donde se reconstituye la fuerza de trabajo familiar, la obrera despliega una particular lucha de clases, la lucha doméstica de clases. Allí la obrera ha de recuperar la fuerza de trabajo gastada en el proceso capitalista de producción. Esta es una condición para volver a vender su fuerza de trabajo, mantener su empleo y obtener los ingresos familiares que permitan la reproducción familiar. Las relaciones familiares y las relaciones de poder dentro de la familia se verán perturbadas por el cambio en el papel de la mujer que empieza a vender su fuerza de trabajo. Por ello, primero la preservación física de la mujer (violencia domestica) y luego la doble jornada y el reparto de tareas (conciliación de la vida familiar y laboral) serán asuntos objeto de atención por la sociedad. Además, la mujer, en estos asuntos, cuenta con un aliado, su propio capitalista interesado en tener a diario una fuerza de trabajo en plenas facultades para ser adecudamente explotada. Junto a su capitalista también tiene el apoyo de toda la clase capitalista. Por ello el reparto de tareas domesticas y el trato entre los miembros de la familia dejan de ser una cuestión del ámbito privado y salta al debate público. Así, la violencia de genero y la conciliación, junto a otros muchos temas que aparecen con un carácter ciudadano, tienen como contenido económico la compraventa de la fuerza femenina de trabajo. Este reordenamiento de las relaciones en el hogar entre obrero y obrera es otra de las determinaciones del rechazo masculino a la incorporación femenina al mercado laboral, o sea de la reacción antifeminista.

7.  Recapitulación

Hemos visto el recorrido concreto del avance feminista en España en el último medio siglo, a través de la lucha de clases en los ámbitos político y económico. Ha sido un vistazo de orden descriptivo donde hemos apuntado determinaciones que pretenden poner racionalidad, objetividad y causalidad a los movimientos complejos en el mencionado avance. Ahora, realizaremos el camino inverso, partir de lo más simple para encumbrarnos a lo más complejo, pero en términos teóricos.

Expondremos de manera desplegada la tesis fundamental que nos ha guiado, que la acción estatal en cuanto a producción legislativa es una forma de la lucha de clases cuyo contenido es la relación social general, el capital. De otra forma, la lucha feminista de clases, y sus resultados, son la expresión en el ámbito de la mujer del movimiento del capital, la compraventa de la fuerza femenina de trabajo por su valor.

El avance de los derechos de la fuerza de trabajo femenina, y en general de las mujeres, en España y en muchos países capitalistas, pone en evidencia que hay una necesidad del capital que subyace a dicho avance. La forma contradictoria en que se produce el desarrollo del feminismo nos indica que la citada necesidad tiene un carácter contradictorio cuya forma de realizarse es la lucha de clases.

Las mujeres que carecen de medios de producción tienen que vender su fuerza de trabajo a un capitalista a cambio de un salario. Esta relación indirecta entre las personas a través de las cosas determina a las personas como personificaciones de sus mercancías (fuerza de trabajo y dinero- capital). Así la vendedora de fuerza de trabajo queda determinada como obrera mientras el poseedor de dinero queda determinado como capitalista.

Ahora bien, entre ambas personificaciones se establece una relación directa como forma, jurídica, de realizar el cambio de mercancías. Porque las cosas no van solas al mercado, son portadas por sus poseedores. El contrato de trabajo es la forma jurídica de la compraventa de la fuerza de trabajo.

Esta relación de compraventa tiene un carácter antagónico, uno quiere lo contrario que el otro. El capitalista quiere pagar poco y obtener a cambio mucha fuerza de trabajo. Por su lado, la obrera quiere ganar mucho y dar poca fuerza de trabajo. El antagonismo se prolonga hasta el uso de la fuerza de trabajo, una vez vendida, en el proceso de trabajo (relación de explotación), donde la hambruna de plustrabajo del capitalista tenderá a exprimir a la fuerza de trabajo.

A este nivel, el capitalista tiene mas fuerza y puede imponer la compraventa de la fuerza de trabajo por debajo del valor porque la competencia entre los obreros presiona a la baja los salarios.

Esta relación de competencia es un primer determinante del rechazo de una parte de los obreros hacia las obreras y viceversa, constituyendo la base económica del antifeminismo. Por su parte, el capitalista, en cuanto demandante de fuerza de trabajo, también compite con el resto de capitalistas.

Si la obrera quiere vender su fuerza de trabajo por su valor necesitará asociarse con otros obreros, convirtiendo así su relación de competencia en una relación de solidaridad (sindicato) sobre la que descansa la relación de clase. Al igual harán los capitalistas. De esta forma, en estos polos se constituiran la clase obrera, por un lado, y la clase capitalista, por el otro. Ambos, obreras y obreros, luchan, como clase, por las mejora de las condiciones en que venden su fuerza de trabajo. Esta relación de solidaridad explica que, a medida que se avanzan en los derechos laborales, se avance en los derechos laborales específicos de las mujeres. En la medida que el peso de la fuerza laboral femenina aumenta sus intereses específicos, en cuanto fuerza singular de trabajo, serán más tenidos en cuenta y pasarán a ocupar mejores posiciones en las plataformas reivindicativas. Por eso, el grado de la incorporación de la mujer al mercado laboral es la condición del avance laboral feminista.

Aunque en el interior de cada clase la competencia se transforma en solidaridad, la relación entre ambas clases, la lucha de clases, es antagonica. La lucha de clases, en su primera determinación, es la relación entre las clases en la compraventa de la fuerza de trabajo por su valor.

La unidad de este movimiento, la compraventa de la fuerza de trabajo por su valor bajo la forma de la lucha de clases, es la relación de capital. El capital tiene la potestad de poner en marcha el proceso de producción de valores de uso (bienes y servicios) pero con el objetivo de valorizarse, de crear más valor (plusvalor). Su movimiento puede esquematizarse como dinero que genera más dinero. Como el final (dinero) coincide con el principio (dinero), el movimiento se retroalimenta, tornándose infinito. Esto convierte al capital en un autómata con vida propia, en el sujeto concreto inmediato de la producción y, con ella, del proceso social de vida humana. Pero, como tal sujeto, el capital tiene una necesidad contradictoria como garantía de su desarrollo: la compraventa de la fuerza de trabajo a su valor. Esta necesidad del capital total de la sociedad requiere expresarse mediante un representante, que no es otro que el estado capitalista.

Por otra parte, la lucha de clases, por su carácter antagónico, plantea una dificultad al desarrollo del capital (conflicto, huelga, cierres patronales), por ello surge al capital la necesidad de desarrollar dicha contradicción transformando la relación antagónica general en una relación de solidaridad general, es la relación de ciudadanía. Ahora las personas dejan de ser miembros de una clase social con intereses de clase, para ser ciudadanos del Estado, depositario del interés general.

Así, el estado capitalista será el representante político del capital total de la sociedad, expresando las necesidades del capital por encima de los intereses de clase, unas veces a favor de unos y otras a favor de los otros5. Pero siempre velando por el desarrollo fluido de la acumulación del capital total de la sociedad.

Los conflictos de clase habrán de subordinarse al interés general; las contradicciones de clase aparecen como conflictos entre ciudadanos; la condición de ciudadanía subsume al atributo de clase; y con ello, los derechos ciudadanos envuelven y ocultan a los atributos clasistas.

En el aspecto que nos atañe el Estado, en el período que nos concita6, será el encargado de elaborar y vigilar el cumplimiento de las leyes feministas. Leyes que aparecen bajo la forma de derechos ciudadanos, pero cuyo contenido son los derechos laborales de la fuerza femenina de trabajo. Estos derechos laborales tienen su origen en el resultado de la lucha feminista de clases, expresando el antagonismo de clases, pero cuyo hilo conductor es la compraventa de la fuerza femenina de trabajo por su valor como condición de sostenibilidad del capital total de la sociedad, que es la relación social general en el modo de producción capitalista.


1 El concepto de libertad que se maneja aquí va algo más allá que el inmediato “hacer lo que quiera” y está más relacionado con “hacer sabiendo lo que puedo hacer” que emana de Federico Engels.
2 Ello a pesar de haber sido aprobada en el Consejo de Ministro con los informes corresondientes y haber sido aprobada en el Congreso y luego en el Senado, con los informes correspondientes.
3 El mismo que en 2022 vió como 15 de las jugadoras de la selección renunciaban a la convocatoria mostrando su disconformidad con el seleccionador, cuestión que no había sido atendida por la Federación ni su presidente.
4 Me refiero con “acumulacion de capital” al conjunto de la acumulación de capital privado y de capital publico (correspondiente a las administraciones publicas).
5 Unas veces desregulando la jornada laboral y otras veces limitándola; unas veces elevando el salario minimo y otras congelándolo, o disminuyéndolo si hiciese falta.
6 No sabemos, si cambiando las condiciones, la necesidad del capital pasa por otra situación para la mujer (o para el hombre), el estado capitalista cambiará su acción para atender la nueva necesidad.


Bibliografía y webgrafía

Blog de Crítica de la Economía Política. https://criticonomia.blogspot.com/ Grupo España. Historia del feminismo en España. http://www.nawey.net

Iñigo Carrera, Juan. Profesor universitario y miembro del Centro para la Investigacion como Critica Practica CICP, Centro para el Estudio. https://cicpint.org/es/category/jic/

Marx, Karl. El capital. https://www.marxists.org/espanol/m-e/index.htm

Muñoz Ruiz, Maika. El feminismo en las políticas de las centrales sindicales en España. 2023. www.inmujeres.gob.es

Ruiz Galacho, Encarna; Berraquero Texeira, Encarna. Mujeres en CCOO: Málaga, 1970-1975. 2004

Valdés (2024).De la lucha que nació entre flores a la resistencia en redes: una década del despertar social al feminismo. Isabel Valdés. El País, 03/03/2024. https://elpais.com/sociedad/2024-03-03/

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