Coerción en la UE al periodismo y sus fuentes de información

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Gobiernos de la UE pretenden estrechar el cerco de las libertades del periodismo, buscan un «cheque en blanco» para espiar a periodistas y sus fuentes de información, así como vigilar sus comunicaciones al intentar modificar el Artículo 4°: «Derechos de los proveedores de servicios de medios» de la Ley europea de Libertad de los Medios de Comunicación (European Media Freedom Act).

La UE no se satisface con ejercer la censura por «desinformación dañina» de medios internacionales alternativos (RT, Sputnik), esa «maquinaria mediática del Kremlin con que difunde sus mentiras» que son contrarios a los «valores occidentales» defendidos por la OTAN para el control ideológico de la población europea, ahora los 27 estudian la posibilidad de legalizar la vigilancia de los periodistas, al enmendar la ley correspondiente de la Eurozona, haciendo alusión a asuntos de la «seguridad nacional«.

La importancia del artículo 4 de la Ley europea de Libertad de los Medios de Comunicación reside en que está prohibido a nivel europeo aplicar medidas coercitivas contra los periodistas con el objetivo de obtener sus fuentes de información, así como vigilar sus comunicaciones.

Hasta ahora todo comunicador tiene derecho a guardar el secreto de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales. Este principio establece el derecho de todo comunicador a negarse a revelar las fuentes de información como así también el producto de sus investigaciones a entidades privadas, terceros, autoridades públicas o judiciales. Se considera que el secreto profesional es el derecho del comunicador de no revelar información y documentación que ha recibido en confianza o como parte de su labor de investigación.

Este derecho puede llegar a ser violado, ninguno de los representantes de 27 Estados se opuso a la propuesta de enmendar el artículo 4 inicialmente presentada por Francia. El último proyecto de texto de compromiso del Consejo de la UE sobre la Ley Europea de Libertad de los Medios fechado el 7 de junio, contiene una frase adicional: «Se entiende sin perjuicio de la responsabilidad de los Estados miembros de salvaguardar la seguridad nacional» a la prohibición general de desplegar programas espías contra periodistas sin garantías para la protección de las fuentes.

 La Federación Europea de Periodistas (EFJ) lo encontró «insidioso». La agrupación subrayó que «la actual propuesta del Consejo no contiene ninguna disposición sobre la protección de los derechos fundamentales».

Maja Sever, presidenta de la EFJ declaró: «De hecho, es impactante y otro fuerte golpe a la libertad de los medios de comunicación que los Estados miembros de la UE diluyan aún más las disposiciones importantes sobre la protección de las fuentes de los periodistas y la protección de las tecnologías de vigilancia”.

La propuesta actual del Consejo Europeo no incluye disposiciones para salvaguardar los derechos fundamentales, como exige el Tratado de la Unión Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales. Tal exención de “seguridad nacional” sin garantías de los derechos fundamentales desatiende la importante jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El Tribunal ha dejado claro que el mero propósito de salvaguardar la seguridad nacional no puede hacer que la legislación de la UE sea inaplicable y no exime a los Estados miembros de sus obligaciones de cumplir con el Estado de derecho.

La Federación Europea de Periodistas emitió una Carta Abierta donde insta a los Estados miembros de la UE a reconsiderar su posición actual y tomar medidas para proteger de manera significativa a los periodistas y sus derechos fundamentales. Cabe destacar que los periodistas europeos ya han sido víctimas de la vigilancia a través de programas espía especiales como Pegasus y Predator.

La censura en la UE

Censura: «En un sentido amplio se considera como supresión de material de comunicación que puede ser considerado ofensivo, dañino, inconveniente o innecesario para el gobierno o los medios de comunicación según lo determinado por un censor” (RAE 75).

Algo que viene de atrás en el tiempo, desde que en febrero de 2014 aconteció la llamada «Revolución de la Dignidad» o Maidan, operación ‎del Golpe de estado en Ucrania orquestada por Victoria Nuland desde su cargo en ‎el Departamento de Estado norteamericano, la UE en marzo 2015 creó el East StratCom  (Equipo de Estrategia de Comunicación para el Este), unidad de comunicación estratégica que depende del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) que se dedica a la comunicación proactiva de las políticas y actividades de la UE en Federación Rusa, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia y Moldavia, esta unidad tiene un proyecto insignia el EUvsDisinfo para contrarrestar las campañas rusas de «desinformación«.

El 27 de febrero 2022, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, anunció una batería de sanciones contra la Federación Rusa que incluía una decisión sin precedentes: el veto a dos medios de comunicación, la agencia de noticias Sputnik y la cadena de televisión RT (Russia Today), como resultado un Reglamento comunitario que prohíbe a los operadores “difundir, facilitar o contribuir de otro modo a la emisión de cualquier contenido” y también su distribución en “plataformas o aplicaciones de intercambio de vídeos en internet, ya sean nuevas o previamente instaladas«

La Ley de Servicios Digitales (DSA) forma parte esencial de la Agenda Digital de la UE. En ella se describe un «protocolo de crisis» con el que la Comisión Europea puede exigir a uno o varios grandes proveedores de servicios de internet en casos de crisis grave que apliquen inmediatamente medidas «específicas, efectivas y proporcionadas» para prevenir, eliminar o limitar cualquier contribución -es decir contenidos- a «amenazas graves». Fue respaldada por un Decreto europeo de urgencia publicado el 1 de marzo de 2022

Una medida de excepción que afecta al derecho fundamental a la libertad de expresión, la European Digital Rights (EDRi) una red de 33 organizaciones de derechos civiles y humanos de 19 países europeos cuyo objetivo es promover, proteger y defender los derechos humanos y las libertades fundamentales en el entorno digital, alertó en comunicado «On news crisis response mechanism and other last minute additions to the DSA» de 12 de abril de 2022 que «el mecanismo propuesto es un empoderamiento demasiado amplio de la Comisión Europea para declarar unilateralmente un estado de emergencia en toda la UE» dado que «las decisiones que afectan la libertad de expresión y el acceso a la información, en particular en tiempos de crisis, no pueden ser tomadas legítimamente a través del poder Ejecutivo únicamente»

El artículo 20.1.d) de la Constitución Española establece que «La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional»

El abogado especializado en tecnología y director jurídico de la Plataforma para la Defensa de la Libertad de Información (PLI) Carlos Sánchez Almeida comentó que «la pregunta que tenemos que hacernos es cómo encaja todo esto en el artículo 20 de la Constitución Española, que proscribe la censura previa y exige que todo secuestro de publicaciones tenga autorización judicial«. Es decir, ¿cómo puede garantizar Bruselas la separación de poderes, que es clave para que exista una democracia real, con esta normativa?

2 COMENTARIOS

  1. Me gustaría suscribirme al periódico pero no uso internet para pagar. ¿Podrían decirme cómo hacerlo? ¿Puedo hacer el ingreso que ustedes me digan a la cuenta que me digan?

    • Hola, Celia, muchas gracias por el interés. El contenido de El Común es público y puedes verlo cuando quieras, no hay suscriptores de pago. Aunque sí en breve anunciaremos que cualquier seguidor que lo desee podrá hacerse socio, se explicará a todos los lectores cuando esté preparado.
      Y si quieres estar al tanto de todas las entradas que se publican, está la opción de seguir nuestro grupo de Telegram https://t.me/elcomun
      Un abrazo.

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