Un socio de FACUA hereda una deuda de 10.000 euros con Wizink y el banco acaba obligado a devolverle 18.000

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FACUA Madrid logra una sentencia judicial firme por una tarjeta revolving contratada en 2001 con un 24,6% TAE, más del triple del interés medio aplicado ese año en los préstamos personales.
 

Wizink ha tenido que abonar a un socio de FACUA Madrid los 18.000 euros que pagó su padre, ya fallecido, por los intereses usureros que le aplicó en una tarjeta revolving. Inicialmente, era el banco el que le reclamaba que asumiese más de 10.000 euros de la deuda que había contraído el padre, pero tras poner el caso en manos de la asociación, ha logrado una sentencia a su favor del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid.

Con las tarjetas revolving se dispone de un límite de crédito determinado, que habitualmente se devuelven a plazos a través de una cuota fija mensual. La deuda derivada del crédito se renueva mensualmente si el usuario realiza compras o disposiciones de efectivo. Tras el fallecimiento de su padre, heredó en febrero de 2012 una deuda asociada a una de estas tarjetas, contratada once años antes con Citibank, cuyo negocio minorista y de tarjetas en España acabó en manos de Wizink.

Entre las condiciones del contrato firmado en 2001 aparecía un interés TAE del 24,6%, más del triple del interés medio aplicado ese año en los préstamos personales. Aunque el padre del usuario había pagado desde entonces una cuota de 60 euros mensuales y sólo usó la tarjeta para pequeñas compras, los altísimos intereses acumulados mes tras mes provocaron que según el banco acumulase una deuda de 10.106 euros.

Ni siquiera le entregaron el contrato

Tras conocer la deuda, el usuario se dirigió a la entidad financiera para solicitar una copia del contrato, ya que a su padre no se la facilitaron en el momento de la firma, junto con el historial de pago, para así comprobar a qué se debía la deuda contraída. Al no obtener respuesta a a esta petición, volvió a acudir a Wizink para solicitar una negociación para reducir las cuotas mensuales a abonar, sin éxito.

La única respuesta de la entidad fue que la cuota de 60 euros correspondía «al 1% del saldo dispuesto» y que, aunque ya se había abonado una cantidad hasta el momento de 11.000 euros, quedaban pendientes de pago otros 10.106 euros.

Ante esta situación, este afectado decidió acudir en 2015 a FACUA Madrid para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. En su respuesta, Wizink se limitó a cancelar la tarjeta y a ofrecer una reducción de la deuda a 6.445 euros. Así que el usuario pidió a la asociación que llevase a cabo acciones judiciales para lograr que la anulación de la totalidad de la supuesta deuda contraída y la devolución de todo el dinero pagado de más por los intereses usurarios.

Sentencia a favor del afectado

En la demanda, FACUA Madrid alegaba que el artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura recoge que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino«.

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid dictaminó «el carácter usurario del contrato» y que Wizink tendría que «devolver la cantidad abonada en concepto de intereses remuneratorios exceda del capital dispuesto», además de pagar las costas del procedimiento judicial. Así, la jueza planteó que en la ejecución de la sentencia debería «determinarse la cantidad resultante de deducir al capital dispuesto el importe abonado por el prestatario en concepto de intereses, debiendo abonar la parte demandada la cantidad que en exceso haya resultado abonada«.

Wizink interpuso un recurso de apelación contra la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, pero tras la oposición presentada por el equipo jurídico de FACUA Madrid, el banco decidió desistir. Tras declararse por tanto firme la sentencia, en su ejecución se determinó que la entidad tendría que devolver 18.063 euros al usuario, que recibió el año pasado, más las costas del procedimiento, que acaba de recuperar en enero.

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