El Blanqueamiento legislativo: La Ley Zerolo

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Alicia Díaz y Elena de la Vara

Un aspecto importante de la globalización del tardo capitalismo, o neoliberalismo, ha sido la importación del sistema ideológico y político Estadounidense a países como España.

La caída de la URSS supuso la extinción de la única resistencia fuerte contra este sistema y la pérdida de identidad y de base ideológica de los partidos social demócratas del occidente europeo. Como consecuencia, en la actualidad, nos encontramos con partidos, autodenominados de izquierda, que han perdido toda base obrera y materialista, y que únicamente pueden pretender diferenciarse de la derecha en un aspecto: la igualdad.

No obstante, este concepto de igualdad ha terminado también tergiversado y vaciado a causa de la propia pérdida del análisis materialista antes mencionado. Así, ya no tenemos una idea de igualdad que sería consecuencia de una lucha basada en la derrocación de sistemas estructurales económicos, históricos y culturales que producen la desigualdad entre distintos grupos humanos, sino otra que surge al ir en contra de un conjunto de actos individuales moralmente reprochables contra personas, por cuestiones individuales y personales, que causan «discriminación». O sea, estamos muy en contra de la violencia pero no sabemos por qué se produce o tenemos muy poco interés en reconocer el ámbito histórico material que la causa porque supondría tener que señalar y acabar con el sistema económico y social que mantiene nuestra sociedad actual.

En este contexto, Podemos y PSOE, se dan de leches por intentar acaparar la hegemonía sobre esta área de mercado político que se traduce en votos, lo que les lleva a una carrera legislativa por ver quién regula antes sobre esta «discriminación y desigualdad». Surgen así dos iniciativas legislativas principales diferenciadas: El proyecto de ley trans de Podemos y la Ley Zerolo contra toda forma de discriminación.En este artículo pretendemos centrarnos en el análisis de esta última.

Las denominadas «feministas históricas» tienen de feministas lo que les sobra de históricas, si es que este último término está relacionado con el tiempo que llevan acomodadas en sus cargos. Esta ley no tiene el fin de bloquear la que prepara Irene Montero, pese a la cobertura aparentemente general que nos presentan; se trata de una lucha de poder interno entre ambos socios de gobierno y en esa pugna, el juguete de la igualdad golpeando a los derechos de las mujeres. El PSOE está encantado viendo a los sectores críticos —especialmente el feminismo—, azuzando contra las políticas de Unidas Podemos, pero el feminismo no olvida que si hoy estamos aquí, es gracias a que el PSOE abrió la puerta de las identidades y del derecho de autodeterminación de los cuerpos. Bien legislando o bien votando a favor.

La llamada «Ley Zerolo», que es la «proposición de ley integral para la Igualdad de Trato y la no discriminación», consiste en un intento de unificar la lucha contra todos los tipos de discriminación en una herramienta legislativa principal. Al carecer de una bases estructurales y de análisis materiales que identifiquen y entiendan los por qués de cada tipo de violencia, esta proposición termina siendo un totum revolutum inútil y que dificulta las cosas aún más para las mujeres.

Para empezar, determina como una «discriminación» la desigualdad estructural y opresión que sufrimos las mujeres por nuestro sexo, en consonancia con los textos internacionales liberales, y añade (entre otro sin fin de situaciones de discrimación personal) la de la identidad de género. A diferencia de la ley de Podemos, esta no se atreve a hacer una definición del concepto pero, en la práctica, termina ocasionando problemas del mismo calado. Esto es así porque reconoce como válidos aspectos que son contrarios entre sí, de tal manera que la lucha contra la desigualdad sexual terminaría limitada por la subjetividad de género de cada persona. Volvemos a lo mismo de siempre, en caso de choque las mujeres dejan de ser mujeres y pasan a ser «personas de un sexo» mientras que se traslada ese concepto a la subjetividad de cada cual. Sacrificamos así, una vez más, el análisis estructural sobre los por qués, quienes y cómo se nos oprime.

Otro aspecto de la ley es que sustituye las referencias concretas de la ley a la opresión sexual por «ataque a los derechos humanos» o «la defensa de los derechos humanos». Lo que no se nombra no existe y, en este caso, la problemática de la desigualdad sexual deja de existir expresamente para perderse dentro de un pozo sin fondo de violencias diversas que lo único que tienen en común es que «se ataca a los derechos humanos». Sucede así con el artículo 11 bis y el 217 de la LEC. Por lo tanto, perdemos instrumentos específicos de lucha contra la desigualdad sexual porque se dificulta su visibilización, su análisis, y dejamos de avanzar en la lucha contra la ésta. Se niega la especialidad de cada tipo de violencia y se meten en el mismo saco realidades que pueden llegar a ser incluso contrarias entre sí. Una vez más, la ley suelta formalmente el concepto de sexo pero niega en la práctica la política sexual. Las mujeres estamos oprimidas, no discriminadas por ninguna cuestión personal. Existe un sistema político, económico y cultural que se construye sobre la explotación de nuestros cuerpos y vidas. Nuestra sociedad se asienta sobre esa premisa. No somos parte de la diversidad, por más que las mujeres seamos «diversas», somos lo general, la base sobre la que se construyen los hombres así mismos y sobre la que edifican su sociedad. Nuestros cuerpos son campos de batalla y de negocio. Son materiales que explotar, que repartir, sobre los que transaccionar. No se trata de que nos impidan «ser jefas» porque a alguien no le guste que seamos mujeres, es que el sistema nos destina para otra cosa.

Las leyes no se aplican en un marco jurídico ajeno al contexto social, sino que nacen de ese mismo contexto: bien para reprimir al sector crítico discrepante y, en consecuencia, más problemático, o bien para seguir sosteniendo el mismo patrón sistémico afianzado mediante dominación por parte de la ideología imperante. Olvidamos, a nuestro pesar y con demasiada sencillez, que vivimos bajo el aura dictatorial de las democracias liberales y que nuestras condiciones ambientales y materiales dependen de los intereses económicos y financieros de un grupo de magnates empresariales. El sistema es una partera asistiendo al alumbramiento de nuevos bastardos bursátiles mientras la madre perece desgarrada. Del desarraigo, emanan actores políticos más interesados en crear un relato sobre el parto, que en atender a la parturienta siendo capaces, incluso, de crear hipotéticas figuras futuribles que terminarán siendo legisladas esotéricamente. ¿Estarán creando las élites políticas y económicas nuevas personalidades a las que proteger para seguir alimentando los sentimientos identitarios? El PSOE justifica la llamada Ley Zerolo por ser un «mínimo común normativo que contenga las definiciones fundamentales de derecho antidiscriminatorio español […] sobre todo para dar cobertura a las discriminaciones que existan y las que están por venir».

Lo que está por venir, no deja de ser una predicción que asume las opresiones fundamentales como las de clase y sexo mientras siguen proyectando nuevas y diversas categorías. Es ingenuo pensar que esta propuesta pueda generar algún tipo de cambio social sustancial. Para ello, la creación de un comisionado que se encargue de la investigación de dichas discriminaciones. Es precisamente de esas opresiones de donde emergen las desigualdades; de nada sirve franquear la desigualdad sin combatir, en primera instancia, la opresión de las mismas. Para acabar con la opresión derivada de las categorías sexuales, hay que reconocer primero que el sexo sigue siendo un elemento opresivo para las mujeres, algo que anula de manera velada la redacción de dicha ley aunque asegure «hacer frente de manera omnicomprensiva a todas las formas de discriminación». En el ámbito subjetivo de la aplicación de la ley reflejado en el Artículo 2, se afirma que «nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal social». La ley es tan inclusiva que garantiza que las feministas no podamos oponernos al velo islámico por respeto a las religiones, a la prueba del pañuelo practicada en la cultura gitana, o a que un varón sea considerado mujer por el simple hecho de expresarlo. Esta ley de igualdad de trato y no discriminación es de raíz liberal porque parte del derecho de la ciudadanía a que en términos sociales permanezca donde está, una idea ejemplarmente plasmada por Gerald Allan Cohen, filósofo político y profesor de teoría social y política y uno de los mayores representantes del marxismo analítico. Afirma Cohen en ¿Por qué no el socialismo? que «la igualdad de oportunidades, ya sea moderada o radical, elimina los obstáculos en el camino de las oportunidades que afectan a algunos pero no a otros, obstáculos que a veces se deben a las mayores oportunidades de que disfrutan las personas más privilegiadas». Prosigue el autor con un ejemplo de igualdad de oportunidades burguesa «[…] una persona puede sufrir por tener la piel del color equivocado en una sociedad que, aun cuando no tenga leyes racistas, posee una conciencia racista que genera desventajas raciales». Si extraemos otras situaciones de la ley presentada, nos encontraremos con burdas contradicciones políticas, como puede ser la discriminación por razones socioeconómicas o cualquier otra condición o circunstancia personal social, algo completamente irónico si tenemos en cuenta el surgimiento del aparato del Estado como producto y manifestación del carácter irreconciliable de las contradicciones de clase desde un punto de vista marxista-leninista. Es el mismo Estado el que subyuga a una clase social por razones económicas; además, ¿a qué se refieren cuando agregan, aparte de las razones socioeconómicas, cualquier otra condición o circunstancia personal social? Una circunstancia personal social sin especificar es un campo demasiado indeterminado y abstracto como para ser recogido tan alegremente por una ley con consecuencias económicas, ¿cómo se aplicarían los parámetros de ponderación que, además, pueden llegar a ser acumulativos independientemente de los criterios de graduación de las sanciones? Preguntas que no resuelve la propuesta y que pueden llegar a ser contraproducentes por su carácter igualitarista de raíz liberal.

Llama poderosamente la atención la integración de la Inteligencia Artificial en el apartado 3 del artículo 21 de la ley. En dicho apartado se insta a las administraciones públicas a promover el uso de algoritmos de una Inteligencia Artificial ética y confiable. En plena era donde el transhumanismo se abre a pasos agigantados, que ese concepto aparezca en una ley de trato no discriminatorio en la que, además, se incluye la expresión de género o el concepto de identidades, nos debe hacer saltar las alarmas. Recordarán ustedes al catalán Manel de Aguas que se hizo popular hace apenas unos meses por trasplantarse unas aletas en los laterales en ambas partes de la cabeza. Aseguraba autopercibirse transespecie como una elección de identidad que «une la tecnología con la naturaleza». ¿No sería este caso una expresión de identidad protegida en la propuesta y, como tal, debe ser salvaguardada so pena de multa pecuniaria? Esta cuestión me deriva a una de las autoras que han inspirado innumerables textos queer, tal es el caso del polémico Manifiesto para cyborgs: ciencia, tecnología y feminismo socialista a finales del siglo XXI de la historiadora Donna Haraway en que hace la siguiente descripción: «Un cyborg es un organismo cibernético, un híbrido de máquina y organismo, una criatura de realidad social y también de ficción. La realidad social son nuestras relaciones sociales vividas, nuestra construcción política más importante, un mundo cambiante de ficción». Cuidado con estas puertas que nos encontramos en un momento sociocultural en el que las mujeres estamos siendo cobayas de la industria farmacéutica y de las grandes empresas.

La llamada Ley Zerolo es una excusa partidista de intereses ajenos a la sociedad. No es más que un instrumento publicitario para blanquear las opresiones estructurales sin intentar resolver el problema. Esta vez no vamos a ser nosotras las muñecas rotas.

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