Violencia grave contra las mujeres. Prohibida pero no sancionada

0

La nueva Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo que entró en vigor el pasado 1 de marzo refuerza la ilegalidad de la gestación subrogada en España y declara que esta práctica es una forma grave de violencia contra las mujeres y una grave violación de nuestros derechos reproductivos, al mismo nivel que la esterilización y la anticoncepción forzosas y el aborto forzoso, en línea con el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul). 

Como única sanción, la ley sólo prevé la prohibición de la publicidad de las agencias españolas que se lucran como intermediarias de esa violencia contra las mujeres, pero no prevé ninguna para aquellos españoles que lleven a cabo esta forma de violencia y de vulneración de derechos reproductivos de las mujeres en el extranjero.

Esto significa que, en la práctica, no ha cambiado nada, que cualquier hombre podrá seguir reclamando judicialmente la paternidad de un bebé nacido de explotación reproductiva transfronteriza y que los consulados españoles seguirán registrando bebés nacidos de esta práctica valiéndose de la prevaricadora Instrucción 2010 que no ha sido anulada. Prevaricadora en tanto en cuanto dicha instrucción se refiere a la gestación subrogada como una técnica de reproducción asistida, contradiciendo en letra y espíritu la ley española de técnicas de reproducción asistida, que sólo reconoce como tales aquéllas que cuentan con acreditación científica y clínica, y usar a una mujer fértil para que, mediante encargo y contrato, y con o sin precio, geste y traiga al mundo una hija o un hijo con el fin de entregarlo a terceros no es, evidentemente, ninguna técnica de nada. Y si esta práctica es una grave violencia contra las mujeres y una grave violación de nuestros derechos reproductivos, lo es de todas las mujeres del mundo, sobre todo de las más afectadas por la feminización global de la pobreza, no sólo de las españolas.

Por lo que respecta a la publicidad de las agencias, la ley la considera ilícita y la prohíbe, como toda publicidad que atenta contra la dignidad de las mujeres o la expone de manera vejatoria y discriminatoria, pero a poco que se haga una búsqueda en redes sociales o en Google, se sigue encontrando publicidad de agencias españolas de alquiler de mujeres y de compraventa de bebés en el extranjero, incumpliendo la ley orgánica que acaba de entrar en vigor y la Ley General de Publicidad, porque la única consecuencia que trae consigo hacer caso omiso de la prohibición de publicidad ilícita es la prohibición de publicidad ilícita, por irrisorio que parezca, sin ninguna otra sanción, ni tan siquiera la esperable clausura de actividad de la agencia, como sería lo lógico en un país como España que ha firmado y ratificado la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (CEDAW) y el Convenio de Estambul. 

Como ha quedado demostrado, el gobierno es antipunitivista con todos aquellos delitos y actividades que atentan contra la dignidad de las mujeres o nos provocan daño, sufrimiento o merma en nuestros derechos humanos y fundamentales, pero muy considerado con quien los lleva a cabo. Y con esa tranquilidad de espíritu que otorga la impunidad, las agencias que se lucran de la violencia contra las mujeres desafían abiertamente la prohibición con la completa seguridad de que no les ocurrirá nada. No tienen más que persistir en su desobediencia, el único resultado será nuevamente la prohibición de la publicidad.

La periodista Nuria Coronado Sopeña llevó a cabo una investigación en 2018 sobre las agencias de alquiler de mujeres con fines reproductivos que operan en España y demostró que todas ellas están registradas como prestadoras de servicios que nada tienen que ver con su actividad real, como compra, venta y alquiler de fincas, construcción, instalaciones y mantenimiento, actividades inmobiliarias, comercio mayor y menor de toda clase de productos duraderos, industrias manufactureras y textiles, turismo, hostelería y restauración, importación, exportación, distribución y comercio de objetos relacionados con el sector automoción, atención veterinaria, gestión de alojamientos turísticos, actividades financieras…, incurriendo todas ellas en fraude fiscal, como mínimo. Pero ni el Ministerio de Hacienda ni la fiscalía han tenido a bien investigar nunca, por más que estas agencias informan claramente a qué se dedican en sus páginas web y en sus cuentas en redes sociales: a obtener beneficio en España de una práctica prohibida en España.

Si hay que rescatar un punto positivo a este aspecto de la ley es que los grupos parlamentarios que han votado a favor, Psoe, Podemos, ERC, PNV, EHBildu, Más País, Compromís, no podrán nunca más reivindicar la legalización de la gestación subrogada sin contradecirse de una manera flagrante. Recordemos que la mayoría de esos partidos se mostraron a favor de la legalización de esta forma de violencia, que EHBildu tiene su propio proyecto y que el PNV, que gobierna en el País Vasco y en Bilbao, tendrá que resolver qué hacer con la web institucional del gobierno vasco que alberga enlace directo a una asociación de explotadores reproductivos y qué hacer respecto al congreso que dicha asociación vasca y otra de ámbito nacional tienen previsto realizar en Bilbao el próximo verano, primer congreso que se daría en España sobre una práctica prohibida, violenta y atentatoria contra los derechos reproductivos de las mujeres. 

Escrito por Berta O. García

@Omnia_Somnia

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.