Camionero es despedido tras sufrir un infarto

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Antonio Gil

Un camionero que trabajaba con un contrato temporal sufrió un infarto en Alemania mientras se dirigía a Noruega. La empresa, a su regreso, lo despide. El TSJ de Valencia ha condenado a la empresa a readmitir a al camionero, declarando su despido nulo por vulneración del derecho fundamental a la integridad física y moral, además de indemnizarle con 30.000 euros más los salarios de tramitación.

Mientras cubría una ruta en dirección a Noruega, el trabajador sufrió un infarto en Alemania el 12 de diciembre de 2021. Quedó ingresado tres días en un hospital, durante los cuales se puso en contacto con su coordinador, al que indicó que no podría continuar viaje hacia Suecia, donde tenía que descargar mercancía, y luego Noruega. La empresa en principio le envió mensajes tranquilizadores, pero cuando recibe el alta hospitalaria el trabajador descubre que la empresa no le había organizado el traslado de regreso a España, por lo que continuó trabajando y siguió conduciendo otros 500 kilómetros más. Tras poder tramitar la baja médica por teléfono, realizó el trayecto de vuelta en el camión de un compañero, que realizó siete repartos en dicho trayecto, con las consiguientes paradas. De este modo, el regreso no se produjo hasta el día 23 de diciembre, once días después del infarto. Ese mismo día, la empresa le dio la baja en la Seguridad Social sin comunicárselo. Sí le comunicaron, escribiéndole a su móvil, que se pasara por la empresa para entregar el teléfono y las tarjetas: el empleado, a este requerimiento, dijo que se encargaría su mujer, ya que él no se encontraba en condiciones, pero la empresa insistió que debía ir en persona para “firmar documentación”. Este requerimiento volvió a ser realizado una semana después.

El TSJ valenciano ha ratificado la sentencia de primera instancia, que desoyó la alegación de la empresa de que se trataba no de un despido, sino de la finalización de un contrato temporal. En la sentencia, el tribunal indica que la falta de adopción de medidas oportunas para el regreso inmediato con el consiguiente retraso, agravado este por el regreso con un compañero, además de la continuación de los viajes y órdenes de trabajo suponen la vulneración del derecho del trabajador a la integridad física y un grave riesgo para su salud.

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