Fiscalía de Cuba afirma que opositores perpetraron actos delictivos

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El dirigente del Departamento de Supervisión de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República cubana, José Luis Reyes Blanco, considera que determinados hechos acontecidos en los pasados disturbios son constitutivos de delito. Así reportó medio cubano.

El fiscal recuerda que en virtud del artículo 4 de la Constitución, los ciudadanos cubanos están amparados en el ejercicio de su derecho de defender mediante todos los medios pertinentes el orden constitucional. El precepto que recoge el artículo 4 es compartido por otras legislaciones europeas, como es el caso de la alemana en la claúsula 4 del artículo 20 de su Ley Fundamental.

José Luis destaca que los derechos individuales están supeditados al derecho a la seguridad colectiva, el bienestar general, el orden público y al ordenamiento jurídico. Las leyes de la República, como en cualquier otro estado que se rija por el Imperio de la Ley, obligan a todo ciudadano a guardar el debido respeto y sumisión a las autoridades civiles y guardianes de la ley.

El Fiscal entiende que solo por sentido común puede deducirse que los opositores violaron flagrantemente todos estos principios jurídicos.

Asimismo declara que la investigación penal a estos hechos se observará de manera estricta y con celeridad. Los individuos reincidentes o perpetradores de desordenes graves serán detenidos y encarcelados preventivamente.

Son considerados agravantes delictivos los hechos de provocar graves consecuencias, el saboteo de la actividad económica y social, el uso de menores y la instrumentalización de una situación de calamidad, entre otros.

En definitiva, la Ley del estado no dejará impunes a los perpetradores de delitos recogidos en el ordenamiento. Los opositores incurrieron en delitos graves como la desobediencia a la autoridad civil, el uso de la violencia contra ella, el causar riñas y altercados, el desorden público, el sabotaje a los bienes y a la actividad económica, entre otros.

El fiscal señala que todo proceso penal tendrá lugar en sujeción a la Ley, respetando las garantías y derechos constitucionales que amparan a los detenidos y encarcelados, que son los siguientes:

  • No ser privado de libertad sino por autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido.
  • Disponer de asistencia letrada desde el inicio del proceso.
  • Que se le presuma inocente hasta tanto se dicte sentencia firme en su contra.
  • Ser tratado con respeto a su dignidad e integridad física, psíquica y moral, y a no ser víctima de violencia y coacción de clase alguna para forzarlo a declarar.
  • No declarar contra sí mismo, su cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
  • Ser informado sobre la imputación en su contra.
  • Ser juzgado por un tribunal preestablecido legalmente y en virtud de leyes anteriores al delito.
  • Comunicarse con sus familiares o personas allegadas, con inmediatez, en caso de ser detenido o arrestado.
  • De resultar víctima, a disfrutar de protección para el ejercicio de sus derechos.

Fuente:

http://www.granma.cu/cuba/2021-07-14/el-estado-y-las-leyes-cubanas-tienen-la-obligacion-de-salvaguardar-la-tranquilidad-y-seguridad-ciudadanas-14-07-2021-23-07-54

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