Ante la pasividad del ministerio de Consumo, FACUA denuncia publicidad encubierta de apuestas en cuentas de ‘influencers’

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FACUA-Consumidores en Acción ha presentado una denuncia ante la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo por la publicidad encubierta de un canal de Telegram dedicado a las apuestas deportivas realizada a través de Instagram por una serie de personajes con notoriedad pública y dos cuentas anónimas dedicadas al humor con más un millón de seguidores cada una.

Los hechos han cobrado una gran repercusión tras ser desvelados este fin de semana una usuaria (@soyuncharizard) a través de un hilo de Twitter que se ha viralizado con cerca de 20.000 retuits. Posteriormente, numerosos usuarios han aportado información sobre otros personajes conocidos y cuentas de Instagram con numerosos seguidores que también han realizado esta publicidad encubierta.

El mecanismo llevado a cabo para lanzar la publicidad consiste en que el influencer invita a sus seguidores en Instagram a sumarse al juego de «hazme una pregunta». Posteriormente, alguien le pregunta sobre sus ingresos y, de forma prácticamente idéntica en todos los casos, el personaje lanza una frase como ésta: “Esto es un poquito privado, pero lo que os puedo contar.. es que hace poco empecé a apostar en el fútbol y es con lo que más estoy ganando. El otro día empecé con 30€ y acabé con 1040€ en una sola tarde”. Después, facilita el enlace al canal de Telegram de las apuestas.

FACUA ha puesto el caso en conocimiento del organismo competente en materia de control del juego para que abra una investigación y se incoe el correspondiente expediente sancionador. El Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, establece en su artículo 23 que «queda prohibida la difusión de comunicaciones comerciales de los operadores de juego en servicios de la sociedad de la información». Las únicas excepciones son las webs o aplicaciones de los propios operadores de juego o aquéllas cuya actividad principal sea lanzar este tipo de ofertas o informar de eventos deportivos, que a partir del 1 de mayo sólo podrán hacerlo si pueden evitar el acceso de menores.

Además, el artículo 15 del Real Decreto prohíbe «la aparición en las comunicaciones comerciales de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, sean aquellos reales o de ficción». A partir del 1 de abril ningún famoso podrá realizar este tipo de anuncios. Actualmente, sólo pueden seguir haciéndo esta publicidad, siempre que la identifiquen claramente como tal, los personajes con relevancia pública que hubiesen suscrito sus contratos publicitarios con anterioridad al 5 de noviembre de 2020.

Con independencia de la prohibición de publicitar casas de apuestas por parte de personas con notoriedad pública establecida en el citado Real Decreto, FACUA recuerda que la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, prohíbe las «prácticas comerciales encubiertas». En su artículo 26, establece que «se considera desleal por engañoso incluir como información en los medios de comunicación, comunicaciones para promocionar un bien o servicio, pagando el empresario o profesional por dicha promoción, sin que quede claramente especificado en el contenido o mediante imágenes y sonidos claramente identificables para el consumidor o usuario que se trata de un contenido publicitario».

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