Adriana Franco Silva, Observatorio Latinoamericano de Geopolítica del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM
El 20 de octubre de 2026, la Asamblea Legislativa de Transición de Burkina Faso reintrodujo la pena de muerte en el código penal. Esta decisión revirtió la reforma de 2018 que la había abolido formalmente, a pesar de que no se había aplicado desde 1988. En aquel año, la pena capital se utilizó para justificar el fusilamiento de militares que se opusieron al gobierno de Blaise Compaoré, quien fue condenado en 2022 por su participación en el asesinato de Thomas Sankara.
Los delitos que ahora conllevan la pena capital incluyen crímenes contra la seguridad nacional (terrorismo, alta traición y espionaje), delitos de derecho común (parricidio) y faltas contra la salud pública (importación de productos prohibidos o caducados). La justificación oficial para invocar la pena de muerte es la necesidad de disuadir el terrorismo y fortalecer el orden frente a la violencia yihadista. Sin embargo, diversas organizaciones internacionales ya advierten sobre las implicaciones que esto puede tener para los grupos opositores y para la libertad de prensa. Esta medida es cuestionable por diversas razones. En esta ocasión, mencionaré tres que me parecen fundamentales:
En primer lugar, la reversión de la reforma de 2018 plantea una paradoja frente al derecho internacional de los derechos humanos, ya que este cambio legislativo atenta contra el principio de progresividad. Este principio establece que los Estados deben garantizar la ampliación de los derechos y prohibir el retroceso injustificado de los logros alcanzados mediante las luchas sociales. Dado que la abolición de la pena de muerte está intrínsecamente vinculada al reconocimiento y protección de los derechos humanos, su restitución contradice la progresividad que el Estado debería salvaguardar.
En segundo lugar, considerando que el gobierno de transición ha cuestionado el uso selectivo del derecho internacional, es importante no limitar el debate a los términos jurídicos externos. El gobierno liderado por Ibrahim Traoré sostiene que la modificación legislativa busca disuadir a los grupos terroristas de continuar con sus prácticas violentas y evitar el reclutamiento facilitado por una legislación laxa. No obstante, el problema central es que la medida ataca las consecuencias y no el origen del conflicto. Además, tal como lo demuestran las experiencias latinoamericanas, incluso la ejecución de los líderes de las organizaciones criminales no reduce la violencia; por el contrario, en muchos casos la incrementa debido a la fragmentación de los grupos.
Finalmente, plantear esta medida desde una narrativa soberanista y antiimperialista resulta contradictorio. La pena de muerte fue introducida en lo que actualmente conocemos como Burkina Faso durante el periodo colonial como resultado de la implementación del código penal napoleónico. Dicha legislación no fue cuestionada tras las independencias. No obstante, su abolición en 2018 fue el resultado directo de la movilización y la lucha social burkinesa. En ese sentido, reactivar una herencia legal colonial en lugar de buscar soluciones alternativas a la violencia no contribuye a modificar las relaciones sistémicas de opresión en términos amplios.
Si bien es cierto que los gobiernos de transición en el Sahel enfrentan enormes retos al desafiar el orden internacional impuesto, también es verdad que no se pueden consentir praxis políticas que resulten antagónicas al proyecto emancipador propuesto.
Foto: Ministro de Justicia de Burkina Faso, Edasso Rodrigue Bayala.








