Carlomagno en Bruselas. (1) La UE, un Imperio muy particular

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“no los estados sino los imperios son los verdaderos ‘creadores’ del derecho internacional»
Carl Schmitt, La orden de los grandes espacios, 1941

El historiador francés Pierre Riché consideraba a Carlomagno como «el padre de Europa», unificó bajo su autoridad un territorio de la Europa occidental que en extensión geográfica correspondía a la totalidad de lo que hoy son Francia, Suiza, Austria, Bélgica, Holanda y Luxemburgo, y la mayor parte de Alemania, Italia, Hungría, la República Checa, Eslovaquia y Croacia, la organización político-administrativa del Imperio carolingio y su hegemonía durante la Alta Edad Media.

Promovió una serie cambios económicas y organizativos, estableció un sistema que derivaría posteriormente en el feudalismo, basado en relaciones de lealtad llamado vasallaje; su política de centralización del poder y la expansión del Imperio (nos recuerda el poder de la Comisión Europea y su interés por la ampliación hacia el Este: Ucrania, Moldavia, Georgia, Armenia); la función del mercado, favoreció la apertura de rutas comerciales, con medidas como creación de un mercado regional (Mercado Único); la unificación monetaria en su imperio con la creación de un sistema basado en la moneda de plata (recuerda el euro), un sistema unificado de pesos y medidas; la protección de comerciantes frente a peajes excesivos (aduanas) favoreciendo la libre circulación de mercancías, relanzó la administración cortesana e imperial.

Una imagen calcada que fue impuesta a los pueblos europeos desde el Norte.

En el desarrollo del Imperio carolingio se atisban los antecedentes históricos del programa filosófico-político del ordoliberalismo alemán y su impacto en el proceso de integración europea, las consecuencias políticas de las ideas ordoliberales relativas al papel del Estado y la función del mercado que tienen lugar a través de sus figuras y nociones claves. Un diagnóstico de la matriz ordoliberal que inspira la política de la Unión Europea desde la perspectiva de un nuevo constitucionalismo disciplinario cuyo objetivo es desvincular las políticas nacionales del control democrático y social (pérdida de soberanía) mediante su atribución a marcos jurídicos de carácter supranacionales.

Escribe Jan Zielonka [1]como los Estados miembros de la Unión Europea no sólo se involucran en los asuntos internos de los demás, sino que también están dispuestos a interferir en los asuntos internos de los vecinos de la UE, lo que hace que el concepto de soberanía quede un tanto anticuado, analiza la ampliación de la UE hacia el Este, calificada de “ejercicio impresionante de construcción de un imperio”, la nueva forma de gobierno emergente se asemeja a una especie de imperio neomedieval con un sistema de gobierno policéntrico, jurisdicciones múltiples y superpuestas, una notable heterogeneidad cultural, integraciones difusas y una soberanía perdida.

La jaula de hierro: la herencia  del modelo ordoliberal germánico en la UE

Max Weber nos dice que el poder es «…la probabilidad de imponer la propia voluntad, dentro de una relación social, aún contra toda resistencia y cualquiera que sea el fundamento de esa probabilidad«. El concepto de poder en las relaciones internacionales ayuda a entender el comportamiento de Alemania en la conformación de la UE y la aplicación de un Poder financiero estructural a través de un liberalismo del orden (ordoliberalismo) según el cual el Estado debe crear un adecuado ambiente legal para la economía y mantener un nivel saludable de competitividad a través de medidas que se adhieran a los principios del libre mercado.

Este tipo de poder tiene la capacidad de proyectar preferencias y cargas macroeconómicas sobre otros estados, la República Federal Alemana constituyó con la unión monetaria fijar de forma inamovible una doctrina económica particular bajo el yugo de la moneda única: el euro.

El Pacto Fiscal y el resto de reformas de la gobernanza económica europea, los mecanismos de decisión y actuación del fondo de rescate europeo (el MEDE), la forma de abordar la unión bancaria o la idea de incorporar “contratos” entre la Comisión Europea y los Estados miembros para asegurar el avance de las reformas estructurales, además de responder a los intereses de corto plazo de Alemania, le permiten fijar un marco de actuación que restringe el margen de maniobra de sus socios para realizar políticas que considera inadecuadas, sin la necesidad de estar vetándolas continuamente.

Cuando llegó la crisis de la deuda soberana europea en 2008 Alemania logró imponer su criterio según el cual el problema era el exceso de gasto y de baja competitividad en los países del Sur y, por tanto, la solución pasaba por la austeridad y las reformas estructurales en los países periféricos. Su narrativa se incorporó a las nuevas medidas europeas cambiando la simetría cooperativa que había caracterizado el método comunitario y se sustituyó  por un intergubernamentalismo asimétrico de acreedores (Alemania de Merkel y miembros de la UE con economías con superávits ) constituidos en el “centro” de la toma de decisiones de la UE, aplicando la “cooperación reforzada” frente a deudores (países periféricos del Sur), superando con el sistema de votación mayoritaria y la presión financiera directa el posible veto de estados miembros individuales. La respuesta conseguida fue la “devaluación interna” de las economías para asegurar el pago de la deuda soberana, que se realizó en una doble transferencia de los ingresos por trabajo a las rentas del capital y de los países deudores a los acreedores.

El MEDE y el rescate

Alemania al estar en el centro del sistema y diseñar las “reglas del juego” que operan el resto de países comunitarios se beneficia por el mero hecho de estar en el centro, sucedió que el Pacto Fiscal y las reformas de la gobernanza económica europea, los mecanismos de decisión y actuación del MEDE (Fondo de rescate europeo), el abordaje de la unión bancaria, responderían a los intereses de corto plazo de Alemania, le permiten fijar un marco de actuación que restringe el margen de maniobra de sus socios para realizar políticas que considera inadecuadas, sin la necesidad de estar vetándolas continuamente.

La respuesta financiera de la UE a la catástrofe del Covid-19 permitió a los países comunitarios que lo necesitasen recurrir a un préstamo del ESM (European Stability Mechanism.  De todas las alternativas posibles fue la peor, la más insuficiente y cruel para España. Este préstamo es «Deuda Pública» y el garante de que éste se devuelva es el Estado español.

Descartado cualquier esquema redistribuido de mutualización de la deuda en la eurozona entre los estados miembros del “centro” y la “periferia”, se creó a iniciativa del BCE el Mecanismo de Estabilización Europea Financiero (MEEF), con un respaldo de 60.000 millones de euros, que en 2012 se convertiría en el Mecanismo de Estabilización Europeo (MEDE).

El ESM (MEDE en castellano) fue el organismo intergubernamental creado por el Consejo Europeo, que funciona como un mecanismo permanente para la gestión de crisis para la salvaguardia de la estabilidad financiera en la zona euro en su conjunto, un enorme fondo permanente de rescate europeo con capacidad para emitir deuda en los mercados a medio y largo plazo, con vencimientos de hasta 30 años, respaldados por todos los países miembros de la zona euro. Tiene una capacidad de 500.000 millones €  para inyectar capital, con categoría de acreedor preferente, es decir, cobra antes que nadie.

El MEDE, bajo unas condiciones estrictas, facilitará ayuda financiera en forma de préstamos a los países de la zona euro que sufran graves problemas de financiación. Esta ayuda financiera se activará únicamente cuando se reciba la petición de algún país de la zona del euro. La Comisión Europea, el FMI y el Banco Central Europeo, evaluarán el riesgo para la estabilidad financiera de la zona euro en su conjunto y analizarán la sostenibilidad de la deuda pública del país que solicitó la ayuda.

El cuestionamiento del “Consenso de Bruselas”

En julio de 2015 el pueblo griego se enfrentó al muro alemán con un NO rotundo en el referéndum sobre el pago de la crisis de la deuda soberana en Grecia, más de un 60% de los griegos dieron un ‘no’ rotundo y respaldaron la posición del gobierno de Tsipras. Los griegos reflejaron un modo de gobernar estrictamente político, donde el sufragio popular tiene prioridad sobre los principios contables impuestos por la UE, y un gobierno electo puede optar por cambiar las reglas. Frente a esta postura el enfoque del ordoliberalismo alemán subordinó las acciones gubernamentales a la estricta observancia de un orden establecido, es decir respetar las reglas que en la práctica están excluidas del debate democrático en el interior de la Unión Europea, el desenlace es conocido.

Grecia había solicitado a la UE y al FMI la ayuda financiera prevista para evitar la suspensión de pagos el 23 de abril de 2010, se puso en marcha el dispositivo europeo de apoyo, que consistió en una provisión de financiación, a través de préstamos bilaterales mancomunados centralizados por la Comisión Europea, durante tres años desde la firma del correspondiente Acuerdo con Grecia. Estos préstamos se otorgaron condicionados a la puesta en marcha de políticas de austeridad por el Gobierno griego, a tipos de interés no concesionales. Estos préstamos permitieron a Alemania obtener más de mil millones de beneficios entre 2015 y 2017, fruto de su poder financiero estructural.

El pretendido equilibrio de poderes entre las instituciones europeas previsto en el Tratado de Lisboa se desvaneció rápidamente: La Comisión Europea presidida por Barroso fue incapaz de mantener su relativa autonomía y capacidad de iniciativa de la época de Delors: una tras otra, sus modestas propuestas de relanzamiento de la economía (Estrategia de Lisboa, Europa 2020, Plan de Empleo juvenil…) fueron simplemente desechadas por la alianza hegemónica en el Consejo articulada por Alemania.

La renegociación de la deuda soberana de cada estado miembro se condicionó a la aplicación de las “devaluaciones internas” (bajada de salarios y desmantelamiento del estado del bienestar), vigiladas y orientadas en su aplicación por la Troika, hasta que los estados miembros de la periferia” se equiparen con el “centro” y recuperen su competitividad.

La realidad europea de una “democracia compatible con el mercado” como la definió Merkel de manera retórica al usar dos conceptos de significado opuesto en una sola expresión, muestra cómo el proceso de integración europea está siempre a caballo entre la constitucionalización [2] y el retorno al Derecho internacional de un Imperio. Los Tratados de Maastricht y de Lisboa articulan la gestión intergubernamental e institucional europea de las políticas neoliberales. El “Consenso de Bruselas” descansa sobre la hegemonía alemana en el Consejo europeo, sostenida por una coalición de gobierno alemana conservadora-socialdemócrata, y una amplia mayoría de coaliciones conservadoras o conservadoras-socialdemócratas en 21 de los 27 países de la UE.

Próxima entrega: Carlomagno en Bruselas (2). “La UE, un Imperio muy particular sin estrategia autónoma de Defensa”


[1] Zielonka, Jean (2006) “Europe as Empire. The Nature of the Enlarged European Union”. Oxford: Oxford University Press

[2]La “constitucionalización” supone dotar de contenido normativo a todas las disposiciones contenidas en la carta fundamental. La UE se basa en el Tratado UE y el TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

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