Por María Loureiro (profesora de Educación Secundaria e integrante de DoFemCo)
El derecho organiza la convivencia mediante categorías basadas en realidades objetivas, como la infancia, la discapacidad o el sexo, a las que las leyes atribuyen efectos y protecciones. A veces el derecho recurre a ficciones jurídicas para equiparar situaciones distintas, pero con el límite de no negar la realidad material ni romper esa correspondencia, pues es entonces cuando surgen los problemas.
En la carretera, un camión y una motocicleta no están sujetos a las mismas normas. El código de circulación los distingue porque se diferencian en la masa, el tamaño o la capacidad de causar daño. Si se pudiera registrar un camión como motocicleta, quien lo conduce podría eludir las obligaciones de un camión y poner en riesgo a las personas más vulnerables de la vía. Una motocicleta registrada como camión, en cambio, tendría consecuencias para quien monta en ella, sin aumentar el riesgo para los demás. Bastaría con la autodeterminación del tipo de vehículo para que la norma dejase de cumplir la función para la que se creó.
Lo mismo ocurre con la clasificación entre mujeres y hombres. El sexo es el criterio en el que se basan las normas y políticas de igualdad y de protección de las mujeres. Sin embargo, con la Ley 4/2023 o «ley trans», el dato registral «sexo» ya no se basa en el sexo, sino que ahora depende de una «identidad sexual» subjetiva e inverificable. Hecha la modificación, el registro se impone sobre el hecho biológico y determina qué normas se aplican, incluso cuando estas se fundamentan precisamente en el sexo.
La categoría femenina en el deporte se creó para asegurar una competición equilibrada y justa ante las diferencias físicas entre los sexos; si deja de basarse en el sexo, ese objetivo queda frustrado. Los espacios separados dejan de serlo y ya no garantizan la intimidad y la seguridad de las mujeres. En casos de violencia machista, la clasificación previa de un agresor como mujer le permite eludir los agravantes y priva a la mujer víctima de la protección específica; ya no queda claro a quién protege la norma, frente a quién y por qué. Eso es muy grave. También se altera el sentido de las políticas dirigidas a corregir la desigualdad que afecta a las mujeres cuando se aplican a los hombres. Y al dejar de medir lo mismo en las estadísticas, la desigualdad entre los sexos se vuelve opaca.
Una declaración administrativa no convierte un camión en motocicleta, como tampoco la modificación registral cambia el sexo. El camión sigue siendo un camión y el varón sigue siendo un varón, por más que el registro los clasifique de otra manera. Lo único que cambia son las normas que se aplican a cada uno.
Esa modificación no afecta igual a hombres que a mujeres. Un hombre clasificado como mujer mantiene las condiciones materiales de poder que sustentan la desigualdad entre los sexos; en cambio, una mujer clasificada como hombre queda fuera de las medidas creadas para corregir esa desigualdad y para protegerla. La asimetría es profunda.
La arbitrariedad introducida en el registro del sexo genera confusión cada vez que una norma necesita saber si está ante una mujer o un hombre, y ese conflicto ya ha llegado a los tribunales. En el Reino Unido, el litigio promovido por For Women Scotland obligó a aclarar qué se entiende legalmente por sexo, mujer y hombre para poder aplicar las normas específicas de protección de las mujeres. Pero no fue suficiente. Sin directrices vinculantes, las mujeres siguen teniendo que reclamar por vía judicial derechos que la ley ya debería garantizar, como ha advertido Reem Alsalem, relatora especial de la ONU sobre la violencia contra las mujeres y las niñas.
En España sigue sin resolverse el recurso contra la «ley trans» ante el Tribunal Constitucional. Cuanto más tiempo siga vigente una norma incompatible con las leyes de igualdad entre mujeres y hombres, más daño causará y más difícil será reparar las consecuencias de su aplicación, que ya se están viendo.
Las categorías jurídicas no pueden cambiar los hechos; si el derecho no reconoce la realidad material del sexo, las normas que se basan en él pierden su función. Quienes defienden estas leyes no pueden seguir cerrando los ojos ante la evidencia ni esperar que aceptemos que nos sigan haciendo luz de gas.
Porque el precio de esta ficción lo pagamos las mujeres.








