Una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada el 23 de enero de 2025, establece que, en las demandas por despido, se puede cambiar la solicitud de despido improcedente a nulo, siempre que el relato fáctico de la papeleta de conciliación y la demanda coincidan.
Esta flexibilidad es un paso importante en la lucha por los derechos laborales y la justicia social.
La sentencia se centra en la prohibición de alegar hechos distintos en la demanda a los aducidos en la conciliación previa. La Sala de lo Social del Supremo aclara que esta exigencia debe limitarse a los casos en los que la falta de correspondencia implique una imposibilidad material de celebrar la conciliación o suponga una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la contraparte. En otras palabras, la flexibilidad se permite siempre que no se cause indefensión a la parte demandada.
La remisión del artículo 80.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) a los «hechos aducidos en la conciliación previa» se basa en el Real Decreto 2756/1979, que establece que la conciliación debe promoverse mediante una papeleta que incluya una enumeración clara y concreta de los hechos. Esto se refiere a facilitar la conciliación sobre el litigio que enfrenta a las partes y evitar la indefensión de la parte demandada.
Esta resolución del Tribunal Supremo tiene importantes implicaciones para los trabajadores, especialmente para aquellos que se enfrentan a despidos injustificados. En este caso, se permitió al trabajador cambiar la solicitud de despido improcedente a nulo en la demanda, ya que el relato fáctico coincidía con la papeleta de conciliación. Este fallo refuerza el derecho de los trabajadores a defenderse eficazmente en casos de despido y subraya la importancia de la flexibilidad en el proceso legal.
Esta decisión judicial resalta, también, la necesidad de flexibilizar las normas procesales para garantizar la justicia social.
La clase obrera a menudo enfrenta dificultades para acceder a la justicia debido a la rigidez de los procedimientos legales. Al permitir cierta flexibilidad en la correspondencia entre la papeleta de conciliación y la demanda, se facilita que los derechos sean protegidos de manera efectiva.
La flexibilidad legal, de aplicarse eficientemente, es una victoria para los trabajadores, y esperemos que el principio promulgado en esta sentencia se vaya implementando para una mayor protección obrera.








