En una sociedad en constante evolución, los modelos familiares también cambian y diversifican. Un tema crucial en la actualidad es el derecho de las madres biológicas de familias monoparentales a ampliar el permiso de maternidad. Este derecho ha sido recientemente defendido en una sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la negación de este derecho.
El Tribunal Constitucional, en su Sentencia nº 140/2024 de 6 de noviembre de 2024, se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece un permiso de 16 semanas para la madre biológica por nacimiento y cuidado de hijo, sin prever un régimen especial para las familias monoparentales.
La sentencia destaca que esta omisión genera una discriminación por razón de nacimiento, dado que la duración e intensidad del cuidado de un recién nacido es la misma, independientemente del modelo familiar. Por tanto, al no permitir que las madres monoparentales amplíen su permiso, se les priva de una igualdad de condiciones en el cuidado de sus hijos.
El Tribunal Constitucional argumenta que la literalidad del artículo 48.4 ET discrimina a las madres monoparentales.
La exclusión de un régimen especial para estas familias no reconoce que, en ausencia de un segundo progenitor, la responsabilidad y el tiempo de cuidado recae completamente en la madre biológica. Esta situación es desigual y requiere una corrección legislativa.
Además, se subraya que la negativa a ampliar el permiso afecta negativamente tanto a la madre como al recién nacido, quienes necesitan un tiempo adecuado para el cuidado y vínculo. Por lo tanto, el Tribunal concluye que la interpretación actual del artículo 48.4 ET vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación.
En la práctica, la sentencia del Tribunal Constitucional establece que, mientras el legislador no se pronuncie y modifique el artículo 48.4 ET, el permiso de maternidad para las familias monoparentales debe interpretarse en un sentido ampliado. Esto significa que las madres biológicas de familias monoparentales tienen derecho a adicionar al permiso de 16 semanas el previsto para el segundo progenitor (10 semanas, excluyendo las 6 primeras).
Esta ampliación reconoce la necesidad de apoyo adicional para las madres que crían a sus hijos sin la ayuda de otro progenitor. En un contexto donde la crianza y el bienestar del recién nacido son primordiales, esta medida busca igualar las condiciones y garantizar que todos los niños reciban el cuidado necesario durante sus primeras semanas de vida.
Mientras se espera una reforma legislativa que integre plenamente esta perspectiva, es fundamental que las familias monoparentales conozcan sus derechos y los defiendan. La ampliación del permiso de maternidad no es solo una cuestión de tiempo, sino de justicia y equidad en el cuidado y desarrollo de los recién nacidos.
En conclusión, la sentencia no solo ajusta una desigualdad, sino que también abre la puerta a una reflexión más amplia sobre cómo nuestras leyes deben evolucionar para reflejar la realidad de todas las familias y garantizar el bienestar de todos sus miembros.








