Condenada Stellantis Vigo por vulnerar el derecho a conciliación de una trabajadora

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a Peugeot Citroën Automóviles España, cuya denominación actual es Stellantis Vigo a indemnizar con más de 16.000 euros a una trabajadora por vulnerar su derecho a la conciliación de vida personal, familiar y laboral.

El tribunal aprueba que dicha trabajadora pueda incrementar su jornada reducida del 50 al 62,5 % y trabajar cinco horas diarias en lugar de las cuatro que venía haciendo hasta el momento de la sentencia. Se considera que el plan de igualdad del fabricante de vehículos no contempla reducciones de jornada más allá de las que son de 4 o 6 horas y que «limita y excluye el resto de supuestos de reducción de jornada”.

La operaria disfrutará de este derecho hasta que su hijo cumpla doce años (nació en el 2014), según ha dictaminado la sala, y realizará una jornada horaria de 11.00 a 16.00 horas de lunes a viernes. «la empleada y su representación legal llevan dos años litigando para poder hacer uso de su derecho», explican fuentes sindicales.

Desde el nacimiento de su hijo, la trabajadora venía realizando una jornada reducida del 50 % y de 12.00 a 16.00 horas, coincidiendo con el turno de mañana. En el 2021, realizó la petición a la dirección de la empresa para ampliar dicho horario y trabajar de 11.00 a 16.00 horas (jornada que entonces no estaba contemplada en el convenio de Stellantis). Es decir, quería trabajar una hora más, pero la antigua PSA-Citroën rechazó esta petición.

Realizó la consulta «dado que con los horarios estipulados de mañana y tarde sería imposible conciliar su vida familiar y laboral, para así adaptar tanto sus necesidades económicas como su situación familiar», explicaron fuentes sindicales.

La Justicia consolida el derecho de la empleada a trabajar cinco horas diarias y condena a Stellantis Vigo al pago de 6.251 euros en concepto de daños morales, además de abonar 750 euros en concepto de honorarios del letrado recurrente. Además, deberá pagar el daño patrimonial, que la Justicia estima en 267,56 euros al mes desde el 1 de febrero del 2021 y hasta que su jornada reducida fue del 50 %.

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