Ferrovial y Vueling sancionadas por trato discriminatorio en la imagen de sus trabajadoras

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Eva Manzanares García.

La política de imagen de la empresa, especialmente la referida a las mujeres, se ha traducido en una sanción confirmada el pasado año por el Tribunal Supremo. Obligaban a las trabajadoras a maquillarse en tonos concretos, entre otras prácticas, lo que ha sido calificado de discriminatorio. Algunas de estas indicaciones han desparecido del código de imagen de la empresa.

La Inspección de Trabajo comenzó sus investigaciones en Ferrovial en agosto de 2018 tras constatar que su Manual de Uniformidad e Imagen «infligía un trato discriminatorio para las mujeres que trabajan de cara al público». Entre las directrices estaban llevar el pelo correctamente teñido “sin raíces”, y recogido, solo podrían llevarlo suelto si lo tenían “por encima del hombro”; por otra parte, tenían que ir maquilladas en tonos “discretos”. Estas normas tuvieron consecuencias para las trabajadoras que no cumplían el protocolo de imagen en forma de 10 apercibimientos y sanciones.

La sanción fue confirmada en primer lugar por un juzgado de los Social de Barcelona en los términos de que dichas indicaciones sobre el maquillaje fomentaban “estereotipos de género inadmisibles en cuanto a mujeres trabajadoras, constituyendo una discriminación sexista directa el trato que dicho manual dispensa a la mujer en comparación con sus compañeros varones”.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya rechazó el segundo recurso de la empresa, considerando que no se puede esgrimir la imagen corporativa para imponer a las mujeres cánones físicos “de acuerdo con un histórico prejuicio estereotipado”, unas medidas “inaceptables, injustificadas y no proporcionales” y que se traducían en “especiales imposiciones por razón de género que sólo afectan a las mujeres como la necesidad de ir maquilladas o la de teñir las raíces de tintes”.

En las últimas semanas, hemos conocido también la multa de 30.000 euros a la que se enfrenta la aerolínea Vueling por exigir maquillaje, rímel y tacones a sus auxiliares en cabina de pasajeros, exigencia que solo aplicaría para las mujeres. La Inspección de Trabajo de la Generalitat ha propuesto esta sanción, que la compañía todavía puede recurrir, después de una denuncia de un sindicato de tripulantes en cabina.


La propuesta de multa es la primera que considera discriminatorios los criterios estéticos solo a las mujeres; no hay referencia a calzado de tacón o maquillaje en el protocolo para azafatos. 
Según la Inspección la aerolínea debería disponer de una normativa de imagen para sus trabajadores “menos gravoso y más equilibrado, sin afectar los derechos fundamentales”, considerando, por tanto, que comete una infracción grave.

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