Por Ana Trejo Pulido (Socióloga y fundadora de Stop Vientres de Alquiler)
El reciente informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, Reem Alsalem, marca un antes y un después en la lucha por los derechos humanos. Por primera vez, un informe de este nivel reconoce que la gestación subrogada constituye una forma de violencia contra las mujeres y llama a su abolición universal. Este reconocimiento no solo es histórico, sino también profundamente necesario.
El informe de la Relatora recoge lo que, desde el feminismo y otros colectivos de la sociedad civil, llevamos años denunciando: que la gestación subrogada cosifica a las mujeres, las reduce a meros instrumentos reproductivos, y vulnera gravemente sus derechos humanos, así como los de los menores nacidos por esta vía.
Celebro especialmente que el informe de la Relatora Especial recomiende la erradicación de todas las formas de gestación subrogada a nivel internacional, sin excepciones ni matices. También valoro la propuesta de adoptar un tratado internacional jurídicamente vinculante que prohíba esta práctica en todos los países, reconociendo su carácter estructuralmente violento y explotador, una iniciativa promovida desde hace tiempo por organizaciones como la Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación Subrogada (CIAMS) o el grupo de la Declaración de Casablanca.
Resulta especialmente acertado que el informe recomiende el establecimiento de un marco legal inspirado en el modelo nórdico de lucha contra la prostitución, que penaliza a quienes compran y se lucran con los cuerpos de las mujeres, al tiempo que protege a las mujeres en situación de explotación. Asimismo, la prohibición de agencias y de toda publicidad que fomente la demanda es una medida imprescindible para frenar la mercantilización de la maternidad.
Finalmente, el informe apunta al fortalecimiento de la cooperación internacional para combatir el tráfico de mujeres y menores vinculado a la gestación subrogada, una recomendación que, dada la dimensión transnacional de este negocio infame, es una urgencia ética.
Desde Stop Vientres de Alquiler, apoyamos plenamente estas medidas. No se trata de regular, y mucho menos hablar de una gestación subrogada «ética»: se trata de abolir una práctica que vulnera derechos humanos fundamentales y que perpetúa la desigualdad entre mujeres y hombres. Una práctica profundamente sexista, clasista y racista, que se sustenta en la creación de una subclase de mujeres: las paridoras de bebés para las élites.
Ahora bien, aunque el informe de la Relatora Especial afirma con claridad que la gestación subrogada debe ser erradicada en todas sus formas, algunas de sus recomendaciones pueden prestarse a interpretaciones ambiguas que corren el riesgo de diluir el objetivo principal: abolir la gestación subrogada.
Las medidas transitorias propuestas, si no se enmarcan con firmeza en una lógica abolicionista, pueden acabar consolidando formas de regulación encubierta. Por ejemplo, el reconocimiento legal de la madre gestante junto al establecimiento de plazos para transferir la filiación son avances importantes en términos de derechos, pero si se presentan como parte de un sistema normativo estable, podrían ser utilizados por sectores pro-regulación para justificar la institucionalización de la gestación subrogada.
Cualquier medida transitoria debe tener como único fin la protección de las mujeres y los menores involucrados, sin legitimar el sistema que los explota. Es fundamental que los Estados no caigan en la tentación de “regular para proteger”, porque encierra una trampa discursiva que perpetúa el daño. La única vía ética y jurídicamente coherente es la abolición universal, acompañada de políticas de reparación y protección. Por eso, es clave que el informe se lea en su conjunto, y que los Estados que lo implementen lo hagan desde una perspectiva abolicionista clara, sin ambigüedades ni concesiones a la industria reproductiva. La erradicación de esta práctica debe traducirse en leyes concretas que prohíban la práctica, penalicen a quienes se lucran con ella y protejan a quienes han sido víctimas de este negocio de la vida humana.
En este sentido, en España, la instrucción del Gobierno español que impide la inscripción directa de menores nacidos por gestación subrogada en consulados es un paso en la dirección correcta. Por primera vez, se reconoce que estos nacimientos provienen de contratos prohibidos por nuestro ordenamiento jurídico y que no pueden ser legitimados por vía administrativa. Una medida que responde a las recomendaciones del Informe de la Relatora sobre la venta y explotación sexual de niños de 2018, que además de afirmar que la gestación subrogada comercial equivale a la venta de menores según el derecho internacional, pedía a los Estados que no aceptaran automáticamente partidas de nacimiento procedentes de países donde la gestación subrogada es legal.
Esta medida, sin embargo, no es suficiente. Debe marcar el inicio de una ley abolicionista de la gestación subrogada en España, que reconozca esta práctica como una forma de maltrato y violencia infantil, en coherencia con su actual consideración como violencia reproductiva contra las mujeres.
Tipificar la gestación subrogada como violencia infantil debería impedir el ejercicio de la patria potestad por parte de los compradores, así como la adopción por parte de sus parejas. Conviene recordar el tremendo daño que supone para un ser humano ser separado de su madre al nacer.
La meta debe ser clara: prohibir expresamente la adquisición de menores mediante gestación subrogada, en todas sus modalidades, tanto en España como en el extranjero. Esta prohibición debe ir acompañada de sanciones penales, e impedir que quienes hayan obtenido la filiación de un menor por esta vía puedan ostentar derechos parentales.
Tengamos siempre presente que quienes colocan a los menores en situación de indefensión son las personas que encargan su nacimiento, vulnerando la legislación española, recurriendo a los pocos países donde esta práctica sigue siendo legal, explotando mujeres en situación de vulnerabilidad y exigiendo al Estado el reconocimiento automático de las partidas de nacimiento emitidas por Estados extranjeros. Pero la filiación no puede construirse sobre la compra de bebés ni sobre el ejercicio de violencia reproductiva contra las mujeres.
La protección de las niñas y niños nacidos por gestación subrogada debe enmarcarse en la legislación vigente en materia de protección de menores, que contempla la retirada de la guarda, custodia y patria potestad cuando se vulnera el interés superior del menor, que es lo que ocurre en todos los casos de gestación subrogada, donde los bebés son separados de su madre al nacer, privados de su cuidado y de conocer su origen e identidad. Por este motivo, insisto, es crucial que España tipifique esta práctica como una forma de violencia y maltrato infantil y que se entienda claramente la gravedad que implica encargar previo pago el nacimiento de un ser humano para separarlo de su madre nada más nacer.
En definitiva, debe impedirse que quienes hayan obtenido la filiación de un menor mediante gestación subrogada, una práctica contraria al ordenamiento jurídico español, puedan ostentar derechos parentales. La violación de derechos humanos que entraña esta práctica debería conllevar la inhabilitación legal para ejercer tales derechos. La protección de las niñas y niños nacidos por gestación subrogada no puede servir para legitimar este sistema de explotación reproductiva, sino para desmantelarlo.
Como he señalado en otras ocasiones, la gestación subrogada no tiene nada que ver con la maternidad, ni con el amor, ni con el deseo de ser madre o padre, porque ni la maternidad, ni el amor, ni el deseo son legítimos si se edifican fuera de la ética y nacen de la violencia y la explotación de las mujeres, así como el daño infinito que supone para un recién nacido ser separado de la madre que lo ha parido.









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