La «expresión de género» como refuerzo de la jerarquía sexual

0

Por María Loureiro (Profesora de Tecnología en Educación Secundaria e integrante de DoFemCo)

La “Ley Trans” define la “expresión de género” como la manifestación externa de la identidad sexual. Su concreción en normas autonómicas y protocolos administrativos la identifica con la ropa, la apariencia, los gestos y otras manifestaciones estereotipadas. La normativa presupone así formas de expresión propias de mujeres y de hombres y les reconoce valor jurídico. 

Históricamente, desobedecer los códigos de vestimenta fue motivo de sanción. En noviembre de 1938, Helen Hulick acudió a un tribunal de Los Ángeles para testificar en un caso de robo. El juez suspendió la vista y la amenazó con la cárcel por llevar un traje de pantalón. Al volver a la siguiente sesión con la misma prenda, fue condenada a prisión por desacato.

No fue un caso aislado: durante décadas, jueces y policías detuvieron, sancionaron y expulsaron a mujeres por vestir ropa considerada impropia para su sexo. Se castigaba así la desobediencia a unos marcadores sexuales que fijaban la subordinación femenina.

Hoy, el sistema de marcación sigue operando. La expresión fija una jerarquía sexual que distribuye la autoridad, la visibilidad y el valor de manera desigual, al margen de identidades individuales.

Lo masculino funciona como código de neutralidad, se convierte en estándar y se percibe como autoridad. Lo femenino se mantiene en un registro subordinado, visible y evaluable: tacones, vestidos o maquillaje no solo identifican, sino que restringen el movimiento y producen una lectura sexualizada y cosificante de las mujeres. El velo constituye la manifestación más extrema de este sistema de marcación patriarcal.

La transgresión de estas normas sociales no es equivalente en su forma, sus condiciones ni sus consecuencias según provenga de hombres o de mujeres. Los hombres pueden ser castigados por aproximarse a la condición subordinada de las mujeres; las mujeres, por intentar abandonarla.

Por eso, hoy vemos a hombres con tacones y maquillaje en la calle, en alfombras rojas y en portadas. El desafío es visible, pero no altera su posición material. No pierden estatus; incluso pueden mejorarlo. El mercado absorbe el gesto y lo vende como vanguardia o capital de marca. La performance masculina se capitaliza.

La transgresión femenina no opera de la misma manera. Bajo un sistema de control permanente, desobedecer implica un coste material. En el ámbito laboral, Vueling multa la falta de maquillaje, el Hotel Palace impone uniformes con escote pronunciado y varias agentes de policía son expedientadas por rechazar chalecos antibalas diseñados para cuerpos masculinos. Hay casos más extremos: en regímenes donde el velo constituye una obligación, las mujeres son detenidas, encarceladas o asesinadas por quitárselo.

Incluso cuando el mercado convierte los efectos de esa presión sobre las mujeres en un producto rentable, no capitaliza el acto en sí, sino el coste material que conlleva. Así lo ilustran campañas publicitarias, como la reciente de Desigual, que convierten en un recurso estético las cicatrices de una mastectomía “de masculinización”.

Esta desigualdad se filtra en el derecho. Al elevar la “expresión de género” a categoría protegida, el ordenamiento naturaliza formas de expresión socialmente construidas. Además, al tratar como equivalentes todas las formas de transgresión, el derecho pasa por alto que esos marcadores cumplen funciones distintas y que desafiarlos tiene consecuencias diferentes para hombres y para mujeres.

Por otro lado, agrupar por ley la “orientación sexual, identidad sexual o expresión de género” sugiere una relación directa entre categorías que no necesariamente están ligadas entre sí. Desobedecer los estereotipos sexistas se interpreta como indicio de una identidad diferente, no como una forma de cuestionarlos. La rebeldía deja de ser política para volverse sintomática. Sin embargo, la transgresión de las normas de expresión en las mujeres está históricamente vinculada a su liberación, no a un cuestionamiento de su identidad.

El derecho falla cuando convierte en categoría jurídica unos códigos patriarcales que llevan inscrita la desigualdad sexual, protegiendo la transgresión masculina mientras deja intactos los mecanismos de disciplina y control sobre las mujeres.

Entre el calabozo de 1938 y el derecho actual no hay ruptura, sino desplazamiento. Hoy no encerrarían a Helen Hulick por desobedecer un código que organiza la subordinación femenina, pero esa misma estructura prevalece y se blinda jurídicamente mediante la incorporación de la “expresión de género” a las leyes y normativas. La reciente proposición de ley para prohibir las “terapias de conversión” introduce esa categoría en el ámbito penal y agrava aún más ese blindaje.

La igualdad no se alcanza administrando una “diversidad de género” que deja intactas las estructuras patriarcales; se conquista aboliendo la jerarquía sexual. Aboliendo el género.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.