Condenadas «las seis de La Suiza»: ¿Otro ataque al sindicalismo?

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Los magistrados de la Sala Segunda del Alto Tribunal, presidida por Manuel Marchena, han rechazado el recurso de casación que interpuso el sindicato CNT por «las 6 de La Suiza», sobre las que ratifica las penas de cárcel de tres años y medio y a una indemnización de 125.428 euros al empresario.

Las conocidas como «Las 6 de La Suiza» son seis sindicalistas de la CNT que ejercieron su derecho a protesta por el acoso que sufrió una trabajadora de esa pastelería. Ésta había demandado al empresario en 2017 por acoso sexual y, aunque el tribunal admitió que no hay pruebas concluyentes para imputarle tal delito al empresario, tampoco se encontraron indicios que permitan afirmar que se trataba de una denuncia falsa. Era la segunda vez que la Audiencia Provincial archivaba la demanda por denuncia falsa contra la extrabajadora de la pastelería.

Además, a la trabajadora se le adeudaban cantidades de horas extras y vacaciones, hechos por los cuales el sindicato intentó negociar con el empresario, el cual se negó en todo momento a llegar a un acuerdo.

“En ninguna parte del Relato de Hechos Probados o de la Fundamentación Jurídica contenidos en las citadas sentencias se dice que los hechos denunciados el día 5 de junio de 2017 fueran falsos”, se lee en el auto judicial.

Desde el grupo de apoyo a las condenadas se manifestó que este auto “reafirma nuestras posiciones y demuestran que una cosa es que no se puede probar la verdad, y otra que la trabajadora hubiese mentido”. Señalan también la “doble vara medir de la justicia, incapaz de investigar los presuntos casos de acoso sexual, pero sí invierte muchos recursos y energías en condenar en base a indicios, y no a pruebas fehacientes, a seis sindicalistas”.

Según fuentes del TSJA, la Sala considera acreditado que las 6 recurrentes vinculadas al sindicato CNT participaron en una campaña de hostigamiento y de coacciones a un empresario hostelero que había sido jefe de una de las condenadas.

Entre otros actos, la sentencia confirmada detalla la convocatoria a través de las redes sociales de concentraciones delante del establecimiento con pancartas, la entrega de pasquines contra el empresario, así como la difusión de un vídeo en el que le denunciaban por acoso laboral y sexual.

Las concentraciones delante de la empresa terminaron cuando el empleador decidió cerrar su negocio. El cierre, según la sentencia, fue la consecuencia directa de la presión, constante pese a que el local ya estaba en venta.

Se trataría de otro caso de vulneración de un derecho fundamental, el de la libertad sindical y podría seguir allanando el camino hacia la criminalización de toda actividad y acción sindical en este país.

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