La raigambre alemana de la UE

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«no puede haber elección democrática en contra de los Tratados europeos»
Jean-Claude Trichet, Ex presidente Banco Central Europeo (2011)

Desde su fundación quién mejor definió la UE fue la canciller alemana Angela Merkel, que la definió como una “democracia compatible con el mercado” (eine marktkonforme Demokratie), una forma retórica de usar dos conceptos de significado opuesto en una sola expresión, excelente oxímoron para que acepten mansamente su propia subordinación los ciudadanos comunitarios.

Los planes de integración europea especialmente en su versión económica, tenían una larga tradición intelectual en el pensamiento nacionalista alemán y han sido objeto de atención reiterada en el proceso de formación del moderno Estado nacional alemán tras la IIª GM.Dos escuelas de pensamiento contrapuestas se sucedieron: el nazismo con el Nuevo Orden (Neuordnung) y el Ordoliberalismo o liberalismo del orden de la escuela de Friburgo, este último posteriormente se asumió en los orígenes del diseño de la UE.

Al situar al Tercer Reich como intento de potencial regulador europeo pudiera creerse que cualquier parecido con la realidad histórica es pura coincidencia pero atendiendo a los testimonios fechados, nos referimos al concepto nazi del «Gran Espacio Europeo», el Großraum. El Tercer Reich elaboró un proyecto europeo basado en un nuevo modelo de desarrollo económico compartido e interdependiente, legitimado por nuevos principios de Derecho internacional y susceptible de regenerar la decadencia espiritual de Occidente por el cauce de la unión continental.

Muchos nazis y funcionarios alemanes destacados, tanto antes de 1933 como durante el Tercer Reich, proclamaron la idea de una Federación Europea o Comunidad Europea bajo la hegemonía política y cultural alemana. Según esta visión, la hegemonía alemana establecería un Großgermanische Reich, un Gran Imperio Alemán. Otras ideas de Europa propuestas fueron la de una Kampfgemeinschaft europea (‘Comunidad de Combate’), Neuordung Europa (‘Nuevo Orden de Europa’), Das Neue Europa (la ‘Nueva Europa’), Rassengemeinschaft (la ‘Comunidad Racial’ de Europa) y Völkerfamilie Europa (‘Europa como una Familia de Pueblos”)

Pocos conocen los anhelos reunificadores de Hitler que en 1943, aspiraba a superar el desorden de las pequeñas naciones divididas, o sea, aquello que expresamente definía como “la anacrónica división de Europa en Estados individuales”, para alumbrar la creación del Großraum de una Europa unida bajo la hegemonía alemana. Y ya Hermann Göring, presidente del Reichstag, había presentado, en 1940, un plan para “la unificación económica a gran escala de Europa de cara a la creación de una unión monetaria europea”.

Rafael García Pérez en su artículo“El proyecto continental del Tercer Reich” indica como se creó en el continente europeo toda una red de alianzas, solidaridades y temores entre el conjunto de los países europeos que, aunque desarrollada de forma paralela a las acciones bélicas, constituyó un auténtico programa de acción política que, utilizando un discurso europeísta, consiguió sintonizar y seducir a buena parte de los políticos e intelectuales nacionalistas y anticomunistas del continente, estuvo movida por una ambición, la construcción del «imperio germánico de la nación alemana», cuyo objetivo era la conquista del espacio vital (der Lebensraum). La consigna era la creación de un «Nuevo Orden europeo» mediante el estrechamiento de relaciones y la colaboración pacífica entre los distintos pueblos de Europa.

La integración europea y la disciplina de un liberalismo del orden

Tras la caída del nazismo, el Estado quedó desacreditado, el ordoliberalismo se convirtió en la corriente hegemónica económica en Alemania. Sus claves: pánico a la inflación, terror al sobreendeudamiento, atar en corto a los mercados, crecer en base a la exportación pero sobre todo, austeridad, austeridad y más austeridad, los europeos conocemos bien la receta.

En la República de Weimar durante los años 30 pensadores de la Escuela de Friburgo como los economista Walter Eucken, Alexander Rüstow, los juristas Franz Böhm y Hans Grossmann-Doerth. Además de su labor como funcionarios, entre 1945 y la fundación, en 1949, de la República Federal, produjeron una vasta literatura que abarcó la construcción de una  línea de pensamiento interdisciplinario, un frente ideológico que se contraponía tanto al modelo soviético de planificación marxista como a las variantes occidentales como el liberalismo manchesteriano, (“paleoliberalismo” en términos de Rüstow).

Dentro del heterogéneo campo que conforma del neoliberalismo desarrollaron una nueva vertiente, diseñaron un modelo económico y jurídico con la necesidad de un Estado que fije normas e instituciones que hagan posible el buen funcionamiento del mercado competitivo (Wettbewerbsordnung), garantice el bienestar social, y se abstenga del estímulo activo por el que abogaba Keynes, subrayan la importancia de reglas que regulen la actuación de las fuerzas del mercado pero “no dirigir el proceso económico en sí mismo».

La matriz ordoliberal alemana inspiró la política macroeconómica y social impuesta por la Unión Europea que funciona a través del derecho comunitario y las políticas macroeconómicas de shock. A lo largo de la integración europea se ha tejido una red jurídico-política de tratados, instituciones, mecanismos y reformas en la que la soberanía de cada Estado miembro resulta gravemente debilitada. La fórmula «democracia acorde a los mercados» (marktkonformen Demokratie), acuñada hace unos años por la canciller alemana Angela Merkel, da buena cuenta del vaciado democrático y la sumisión política a los mercados, deviniendo así el patrón de sastre de la UE, el concepto de economía social de mercado (Die soziale Marktwirtschaft), lameta de la política económica comunitaria.

En cada fase el desarrollo capitalista usa un arma distinta para imponer su dominación, el ordoliberalismo es la versión dominante del neoliberalismo en Europa. En el Artículo 3, Párrafo 3 del Tratado de la Unión Europea se habla en el contexto de mercado interior europeo, que la UE “Obrará en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente.” Esta formulación se usó primeramente en el 2004 en el Artículo I-3 Párrafo 3 del Tratado Constitutivo de la UE, después que este había fracasado se retomó en el Tratado de Lisboa que entró en vigencia en 2009. Aparte de esto, el sistema económico de la UE es mencionado varias veces como aquel que cumple “con el respeto al principio de una economía de mercado abierta y de libre competencia”, por ejemplo, en el art. 119 del Tratado de Funcionamiento de la UE, la política económica y monetaria es obligada a ese principio, dicha expresión ya se había incorporado al Tratado de Maastricht de 1992.

Aspectos que influyó el ordoliberalismo alemán en el diseño y en las políticas de la UE.

La Comisión Europea guarda cierto paralelismo en su diseño y en las políticas con el Estado “autoritario-liberal” de los ordoliberales, (aquel guardián del equilibrio), los aspectos en que influyó, en primer lugar, en la fundamentación teórica de los Tratados constitutivos se percibe la influencia del concepto de “Constitución económica” de Eucken como marco institucional en el que se desarrolla el libre juego del mercado.

La Constitución económica constituye el sustento legitimador práctico y técnico del sistema económico más favorable para el blindaje del mercado capitalista y su mecanismo de formación del precio. Tendrán la función de guiar la actuación estatal en la protección del mercado constitucionalizado. Entre estos principios se encuentran, en orden de importancia: el correcto funcionamiento del sistema del precio; la primacía de la política monetaria (estabilidad monetaria); el libre mercado; la garantía de la propiedad privada; la libertad contractual; la responsabilidad (jurídica de los propios actos) y la continuidad de la política económica (evitar cambios frecuentes en la política económica). En relación a la apertura de los mercados y la libertad de contratación, ambos principios constitutivos de Eucken se ven reflejados en la creación de un mercado competitivo único.

En segundo lugar, el establecimiento del Sistema Monetario Europeo y la moneda única es fiel reflejo de la política de estabilidad monetaria por la que abogaban los ordoliberales, lo que limitaba en buena medida la posibilidad de articular políticas expansivas de corte keynesiano para hacer frente a cualquier desajuste de carácter coyuntural. Asimismo, la autoridad monetaria europea, el BCE es herencia del Bundesbank alemán, de clara inspiración ordoliberal. La estabilidad de la moneda se configura, en definitiva, como “una precondición vital” para el funcionamiento adecuado del orden competitivo, y se define, según los representantes de Friburgo, en términos de ausencia de inflación o deflación significativas.

En tercer lugar, el criterio de conformidad con el mercado (marktkonform): los elementos que influyen en la implementación de decisiones políticas en materia económica son interdependientes, el valor de la moneda (como unidad de intercambio en el mercado libre) también tendría el potencial de afectar, primero, al cálculo individual de los planes económicos y, después, como parte del sistema, a la coordinación en sentido amplio de la economía.

La UE, un proyecto del capital

Toda Constitución es fruto y expresión de una lectura política de la realidad social. En las democracias capitalistas occidentales, el cauce ordinario para esta interpretación tiene en las ideologías a uno de sus referentes. Éstas proponen una explicación acerca de la estructura social, del rol de las personas al interior de ella y procuran una organización conforme a los paradigmas que sirven de fundamento a su propia cosmovisión. Propugnan una manera de concebir las formas del poder político y su vinculación con el sujeto y, en general, de organizar las relaciones humanas en un cuerpo político jurídicamente organizado.

La UE representa el triunfo del Mercado sobre el Estado, del Capital sobre el Trabajo. A medida que el capitalismo se hace más transnacional el Estado nacional no es suficiente como estructura política de apoyo a los capitales, por lo que se tienen que ir generando instituciones que abarquen ámbitos territoriales de alcance mayor que los Estados nacionales. Desde 1944, los espacios internacionales completarán el poder de los Estados nacionales para el mantenimiento del sistema. Como parte de esta dinámica se fundó la Unión Europea.

Werner Bonefeld apunta “La característica definidora del Tratado [de Roma] corresponde a lo que hoy llamamos neoliberalismo. La integración europea corresponde a un intento de aislar el «mercado libre» de las aspiraciones de la clase trabajadora, contrarrestando respuestas expansionistas a la lucha de clases a través de un compromiso supranacional europeo al liberalismo de mercado que funciona como un mecanismo de ajuste económico en los Estados miembros” [1]

El establecimiento del Acta Única en 1986 supuso la eliminación de todas las trabas a la movilidad de capitales, mercancías y personas entre los países miembros. Lo que suponía la aceptación de las medidas que entonces propugnaba el neoliberalismo, que ascendía de la mano de Thatcher en Inglaterra y Reagan en Estados Unidos, y que a lo largo de los ochenta fue adoptado en la mayoría de los países del mundo occidental.

La importancia de Alemania como epicentro económico retoma especial relevancia después de la caída del muro de Berlín, la unificación alemana y la desaparición del bloque soviético con la posterior capitalización y privatización de las economías de planificación estatal del Este. No transcurrieron muchos años (1990-2004) y la UE integró en su seno a la mayoría de estas últimas. La ampliación al Este puso en bandeja al potencial económico alemán el acceso a un cuantioso ejército de reserva prácticamente inagotable, imponer la disciplina salarial y limitar la capacidad negociadora de los sindicatos.


[1] Bonefeld, Werner (2003): “European Integration: the Market, the Political and Class” Capital&Class

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