Primera sentencia de un TSJ que convierte en fijo a un interino siguiendo la doctrina de la justicia europea

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJV) ha sido el pionero de los tribunales superiores de justicia españoles en confirmar que un trabajador público interino se convierta en indefinido por venir de estar situación de fraude de ley. Los magistrados vascos invocan el reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que censura a la ley española y abre la puerta a los interinos del personal laboral a que puedan reclamar la fijeza de la relación laboral.

Si bien hasta ahora varios juzgados ordinarios ya habían aplicado la nueva doctrina europea, se trata del primer TSJ que hace lo propio. Sobre la cuestión existe debate y no todos interpretan la doctrina europea de igual manera. Hasta el punto de que otros tribunales superiores de justicia, como el del Madrid, rechazan que la solución al abuso de temporalidad del personal laboral que denuncie sea la conversión directa a indefinido.

La sentencia fue dictada este pasado 23 de abril y en ella los magistrados invocan el fallo del TJUE, «a cuyos contenidos nos plegamos en esta sentencia», y avalan la decisión previa del juzgado de primera instancia de reconocerle la condición de indefinido a un trabajador de la Universidad de Euskadi que llevaba 18 años encadenando contratos temporales.

La sentencia del TJUE plantea una figura jurídica que es abstracta y no está regulada normativamente: el trabajador público indefinido no fijo. Esta aparente contradicción ha surgido a partir de la jurisprudencia previa. Se refiere a un empleado que no ha accedido a un puesto de funcionario en la administración de manera tradicional, en virtud de nombramiento a través de oposición y plaza, de ahí el término “no fijo». Sin embargo, debido a su prolongada ocupación de un puesto estructural, los magistrados le reconocen como compensación del fraude la consideración de indefinido.

Citando la sentencia europea, “La relación laboral del indefinido no fijo no solo es una manifestación de una relación laboral que sigue siendo temporal […], siendo por ello medida insuficiente para que se de el efecto útil de aquella Directiva [europea], sino que también dice que la cualificación del contrato de trabajo como indefinido sí que es medida aplicable».

El Gobierno aún no ha actuada legislativamente ante la sentencia del TJUE. Los jueces europeos han solicitado una modificación legislativa urgente argumentando que la nueva normativa diseñada para abordar el fraude en la contratación temporal del sector público no cumple con todos los requisitos del derecho común.

Se esperan más sentencias en este sentido, pues el 13 de junio está previsto que el TJUE se pronuncie sobre si la ley española cumple o no los requisitos para los interinos del cuerpo funcionarial, ya que su primer fallo se circunscribía al personal laboral. A expensas de la resolución y de las actuaciones en consencuencia del Ejecutivo español, miles de interinos potencialmente afectados esperan expectantes.

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